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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #975028  por UlisesSBonetto
 
Estimados:
Buenos días. Les comento mi situación. Soy de la pcia. de Santa Fe. Me ha tocado un caso de un divorcio vincular de mutuo acuerdo de una pareja que se casó en la ciudad de San Nicolás, pcia. de Buenos Aires, y actualmente tienen domicilio en Santa Fe. El divorcio ya está terminado, con sentencia judicial y todo; ahora debo inscribirlo en el Registro pertinente.
Debo hacerlo en la ciudad de La Plata? De ser así debo enviarme Oficio Ley al registro para su inscripción?

Veo por la página del gob. de la pcia. de Buenos Aires, que el trámite debe hacerlo un abogado matriculado en esa pcia.? Es esto cierto??? No hay otras opciones?

Muchas gracias por su tiempo!
Saludos!
 #975095  por bogaolavarria
 
UlisesSBonetto escribió:Estimados:
Buenos días. Les comento mi situación. Soy de la pcia. de Santa Fe. Me ha tocado un caso de un divorcio vincular de mutuo acuerdo de una pareja que se casó en la ciudad de San Nicolás, pcia. de Buenos Aires, y actualmente tienen domicilio en Santa Fe. El divorcio ya está terminado, con sentencia judicial y todo; ahora debo inscribirlo en el Registro pertinente.
Debo hacerlo en la ciudad de La Plata? De ser así debo enviarme Oficio Ley al registro para su inscripción?

Veo por la página del gob. de la pcia. de Buenos Aires, que el trámite debe hacerlo un abogado matriculado en esa pcia.? Es esto cierto??? No hay otras opciones?

Muchas gracias por su tiempo!
Saludos!
Hola Ulises creoque debes inscribirlo en el Registro de las Personas de La Plata,pues el casamiento esta asentado en la Pcia. de Bs. As.
Si ya tenes todo listo, prepara oficio y testimonio y una vez confrontados y firmados por el juzgado envialo a un gestor de la plata que te lo inscriba.
es mi humilde opinion igual espera otras para ver si estoy en lo cierto
saludos
 #975648  por UlisesSBonetto
 
bogaolavarria escribió:
UlisesSBonetto escribió:Estimados:
Buenos días. Les comento mi situación. Soy de la pcia. de Santa Fe. Me ha tocado un caso de un divorcio vincular de mutuo acuerdo de una pareja que se casó en la ciudad de San Nicolás, pcia. de Buenos Aires, y actualmente tienen domicilio en Santa Fe. El divorcio ya está terminado, con sentencia judicial y todo; ahora debo inscribirlo en el Registro pertinente.
Debo hacerlo en la ciudad de La Plata? De ser así debo enviarme Oficio Ley al registro para su inscripción?

Veo por la página del gob. de la pcia. de Buenos Aires, que el trámite debe hacerlo un abogado matriculado en esa pcia.? Es esto cierto??? No hay otras opciones?

Muchas gracias por su tiempo!
Saludos!
Hola Ulises creoque debes inscribirlo en el Registro de las Personas de La Plata,pues el casamiento esta asentado en la Pcia. de Bs. As.
Si ya tenes todo listo, prepara oficio y testimonio y una vez confrontados y firmados por el juzgado envialo a un gestor de la plata que te lo inscriba.
es mi humilde opinion igual espera otras para ver si estoy en lo cierto
saludos
Si! Hice eso, junté todo y me contacté con una empresa de Rosario que hace gestiones, y listo.
Muchas gracias por tu ayuda!

Saludos!
 #975768  por diegoignacio
 
Estimado si se casaron en provincia debe inscribirse en provincia para que surta efectos, si desea ejerzo en la plata y voy constantemente al registro, no gaste en un gestor que seguro le cobra fortunas por una inscripcion que sale $ 200 como mucho y que con posterioridad tiene que corroborar que se haya inscripto marginalmente en el acta.