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  • Trabajador en blanco dejan sin trabajo yyyy

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #975878  por Marianrob
 
Hola a todos quisiera su opinion en cuanto tengo un trabajador que estaba en blanco y hace más de un año le dijeron que no habia más trabajo, que cuando haya lo iban a llamar otra vez y sino le abonarian su liquidacion final. Esta hace un año y medio el hombre estaba en blanco varias veces le prometerion la liquidación trabajo mas de 6 años.

Dudas intimo por abonen liq o otorguen tareas ? la empresa no esta funcionando si sabe q estos dueños tiene otra empresa en jujuy esto es en tigre

Intimo solo por la liquidación y que puedo colocar en la carta para cubrir a mi cliente?


Graciasssssss a todos los q puedan dar su opinion..
 #975916  por andresxeneizes
 
asi como lo contas no se configuro el despido, tendrias que hacer que tu cliente se considere despedido indirectamente, hay que hablar con el cliente para ver como es la cosa, porque si la empresa no trabaja mas en tigre, no podemos decir que el tipo siguio trabajando y tecnicamente tampoco podrias intimar a dicho lugar porque estaria mal configurada la intimacion y por ende el despido, tampoco se me ocurre como justificamos un año sin tareas y sin protestar, los tipos aca lo que hicieron es bicicletearlo al cliente para despues decir que el cliente dejo de ir y que la relacion se extinguio por ello.
pero bueno de ultima en el peor de los casos, como decis vos intimaria para que den tareas y paguen los aguinaldos que le deben y alguna otra tonteria mas que seguro le deben bajo apercibimiento de considerarse despedido y luego cuando no te contesten mandar el otro tcl considerandolo despedido
 #975953  por dreche
 
Yo disiento con la estrategia teniendo en cuenta que ya pasó más de un año y es imposible eventualmente probar que la relación laboral estuviera vigente. Eso para configurar la situacion de distracto.

Tene presente que:
Art. 241. —Formas y modalidades.

...Se considerará igualmente que la relación laboral ha quedado extinguida por voluntad concurrente de las partes, si ello resultase del comportamiento concluyente y recíproco de las mismas, que traduzca inequívocamente el abandono de la relación.

Despues de ver la prescripcion y viabilidad de cobrar algo, intimaria abone liq. final, algun salario adeudado que seguro le deben 8) , si hubiera algo en negro 25323, certificados art 80, art. 2 ley 25323, etc. que son los rubros que le deben sí o sí.
 #976607  por Marianrob
 
A quienes me respondieron GRACIAS GRACIAS GRACIAS por su tiempo me sirvio sus opiniones. Saludos