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  • hernia de disco o lumbalgia?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #975910  por alejandra01
 
aún no me queda claro si lo que se indemniza es la Lumbalgia o la Hernia de disco.
Leo, leo leo y no lo entiendo. Veo el baremo y allí indemnizan las hernias inoperables y las operadas
y por otro lado la lumbalgia
Entonces mi pregunta es: la hernia de disco se indemniza? o se indemniza la Lumbalgia por hérnia de disco cuando la hernia es operable y aún no se ha operado?????
Leo fallos y hablan de Hérnia..no de Lumbalgia...
y a mi cliente le diagnosticaron Lumbalgia por discopatía, o sea, por hernia de disco...
El tema es que me está volviendo loca porque no soy médica, y él insite en que tiene una hernia y una protusion (que leo y también se toma como hernia de disco)..entonces como indemnizan cuando hay dos hérnia discales?
perdón por tanta pregunta, pero sé que no soy la única...si alguien puede o sabe, le agradeceremos la aclaración... :roll: :roll: :roll:
 #976606  por MORGAN
 
lumbalgia es el dolor en la zona lumbar. la hernia de disco es cierto deterioro del disco intervertebral.
lo que se indemniza es la incapacidad que posee el trabajador y siempre que esta sea originada en el esfuerzo laboral.
si bien es conveniente que el abogado que reclama por enfermedades o accidentes del trabajo tenga cierto conocimiento del origen, localización, incapacidades que generan las mismas, etc. esto no es estrictamente indispensable a la hora de hacer un reclamo.
sí es necesario que un legista te dé un informe de la incapacidad que posee el trabajador y si la misma es de origen laboral.
 #976943  por alejandra01
 
gracias !!!..
finalmente no pude conciliar éste caso porque la art da solo un 6%, el juzgado pide intereses también en el arreglo , mi legista dio un 15, y mi cliente quiere construir un castillo con su hernia... :mrgreen:
seguimos trabando...graciassssss de nuevo..
MORGAN escribió:lumbalgia es el dolor en la zona lumbar. la hernia de disco es cierto deterioro del disco intervertebral.
lo que se indemniza es la incapacidad que posee el trabajador y siempre que esta sea originada en el esfuerzo laboral.
si bien es conveniente que el abogado que reclama por enfermedades o accidentes del trabajo tenga cierto conocimiento del origen, localización, incapacidades que generan las mismas, etc. esto no es estrictamente indispensable a la hora de hacer un reclamo.
sí es necesario que un legista te dé un informe de la incapacidad que posee el trabajador y si la misma es de origen laboral.