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  • Incidente de Nulidad

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 #977964  por plean
 
Colegas: tengo el sgte problema.
Caso: Filiación extramatrimonial y alimentos. (Al caso lo agarre en etapa de prueba y estaba en rebeldía) estoy por el demandado.
Presente cambio de domicilio real del demandado, y el juzgado lo tiene presente, notifico a la actora. Ésta después pide audiencia de ADN, pero notifica al demandado en el anterior domicilio real y NO EN EL NUEVO.
Tengo medio Armado el INCIDENTE de NULIDAD, estoy necesitando otro modelito para corroborar, y algo de jurisprudencia.
Necesito que se haga la audiencia ya que esta prueba es determinante, mi cliente me niega a muerte que sean sus descendientes-(2)-. Pero viste como es esto ja.
Ah también quería plantear Apelación en subsidio y pedir la suspensión del proceso.
Gracias.
 #977999  por santiheladero
 
Se siguio adelante sin qu l demandado se pueda presentar? en que etapa esta? cual es el perjuicio que sufrio concretamente?
 #978030  por plean
 
Colegas, el lunes se vence el plazo para impugnar o consentir.
Hace dos días me notificaron al domicilio Ad Litem: Hacen efectivos apercibimiento de ley y la clausura de prueba. Como lo dije antes, yo al caso lo agarre en rebeldía y en etapa de produción de la prueba. Pero como la prueba que yo ofrecería en caso de que lo haya agarrado antes iba ser Histocompatibilidad -ADN-, y ésta estaba pedida por la actora no me preocupe mucho, y solo espere la oportunidad para hacerla.
El CPCC local exige que las audiencias deben ser notificadas en el domicilio real, cosa que aquí no lo hicieron, al menos en actual.
El perjuicio: es no saber de la realización de la audiencia y participar en la mencionada prueba, afectando el debido proceso legal y la defensa en juicio, ya que esta prueba es fundamental.
Lo de la suspensión era plantearlo hasta que se resuelva el incidente, sé que no es viable.
Espero Opiniones. Saludos
 #978083  por andresxeneizes
 
si bien estabas en rebeldia cuando te presentaste dejaste de estarlo por ende la notificacion que no dice especificamente que va al real tiene que ir al constituido, ya que ceso la rebeldia cuando se presento tu cliente en el expte.
ahpra yendo al caso concreto la nulidad la tenes que plantear simplemente por los argumentos del primer post el tipo cambio de domicilio real lo notifico a la actora y le notifican la audiencia a un domicilio donde la actora ya conoce que no vive alli, despues pones dos parrafos agarrando la guitarra con el perjuicio que te causo la notificacion mal realizada y listo, lo unico tene en cuenta que hay un plazo desde conocido el acto nulo para plantear la nulidad, tenes que fijarte como agarras la guitarra en eso para ver como podes decir que del acto nulo te enteraste hace menos de 3 o 5 dias segun el cod procesal.
lo de la suspension no es necesario plantearlo, ya que el juzgado primero que todo por una cuestion de prolijidad va a resolver la nulidad antes que nada