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  • Homicidio culposo o preterintencional?

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 #978174  por cachelo
 
Buenas,

Pongo este ejemplo, a ver si alguien me ayuda a decir qué tipo de calificación correspondería.

Chico de 14 años está jugando a la pelota. El abuelo (descendiente) le regaña que juegue a la pelota. El comúnmente jugaba cerca de donde estaba el abuelo, tiraba pelotazos hacia la zona donde estaba él. En ese momento que el abuelo le regaña que juegue a la pelota, él se enoja y dice "Cagate, ahora voy a jugar más fuerte" (opción 1) o "Ahora voy a pegarte a vos un pelotazo" (opción 2). Una persona de la familia lo escucha. El chico tira el pelotazo fuerte, sin NINGUNA intención de pegarle, con la mala suerte que le pega un pelotazo. Ese pelotazo le causa, tiempo después (meses), la muerte, porque era una persona anciana y el pelotazo le generó un hematoma interno en la cabeza.

Se comprueba que se murió por ese pelotazo.

La calificación sería...? Qué opinan ustedes?
 #978188  por cachelo
 
Por cierto, podrían calificarlo también como homicidio por emoción violenta? Argumentando que el chico tiró el pelotazo con la intención de dañarlo porque estuvo en un estado de emoción violenta porque le molestó que el abuelo lo regañe, ya que por ejemplo lo regañaba continuamente. Cómo se defendería el acusado en ese caso? La palabra de él diciendo de que no fue así y que sólo quiso tirar el pelotazo fuerte para molestar a su abuelo porque SÍ le molestó el regañamiento que le hizo, pero que en ningún momento se le cruzó por la cabeza el lastimarlo o dañarlo y mucho menos matarlo.

Cómo se prueba cada cosa en estos casos?
 #978508  por DEFENSAOFICIAL87
 
[quote="cachelo"]Buenas,

Pongo este ejemplo, a ver si alguien me ayuda a decir qué tipo de calificación correspondería.

Chico de 14 años está jugando a la pelota. El abuelo (descendiente) le regaña que juegue a la pelota. El comúnmente jugaba cerca de donde estaba el abuelo, tiraba pelotazos hacia la zona donde estaba él. En ese momento que el abuelo le regaña que juegue a la pelota, él se enoja y dice "Cagate, ahora voy a jugar más fuerte" (opción 1) o "Ahora voy a pegarte a vos un pelotazo" (opción 2). Una persona de la familia lo escucha. El chico tira el pelotazo fuerte, sin NINGUNA intención de pegarle, con la mala suerte que le pega un pelotazo. Ese pelotazo le causa, tiempo después (meses), la muerte, porque era una persona anciana y el pelotazo le generó un hematoma interno en la cabeza.

Se comprueba que se murió por ese pelotazo.

ES UN ACCIDENTE, NO CREO QUE HAYA TENIDO INTENCION DE DARLE MUERTE AL ABUELO CON UN PELOTAZO.
RECUERDEN QUE TIENE 14 AÑOS
HOMICIDIO CULPOSO A MI ENTENDER.
 #978513  por cachelo
 
Hola defensaoficial, muchisimas gracias por tu respuesta. Algun otro abogado? Feragus? Te llamo a vos porque sos uno de los que más sabe de abogacia del foro.
 #978514  por cachelo
 
Por cierto, hay algo más en este caso. En la casa trabajaba una empleada doméstica, que se encargaba de cuidar al chico y al abuelo. Cuando el abuelo falleció la empleada doméstica fue despedida porque ya no se necesitaban sus servicios, estaba más que para cuidar al chico al abuelo. La empleada, inexplicablemente, se enojó con esto por la familia. Estaba en negro y le mandó cartas documentos. A la empleada la tenían como una reina y le pagaban super bien, nunca se puede quejar del trato que le dieron.

El problema es que ahora que aparece este caso, la familia tiene miedo que la citen a declarar por haber estado mucho tiempo con el chico y con el abuelo. Del trato del chico al abuelo no puede decir nada malo, al contrario el chico lo super ayudaba y cuidaba a su abuelo. El problema es que temen que por venganza, si llegaran a preguntarle sobre el hecho en cuestión del pelotazo, que la ex empleada mienta y diga algo como: "Sí, el día que pasó eso yo estaba y el chico tiraba pelotazos cerca del abuelo, yo le dije que no lo hiciera y no me hacía caso, dijo que no le importaba si le pegaba un pelotazo o si lo mataba con el pelotazo". Nada de esto pasó sres, pero es la palabra de ella contra la del chico. Y por otra parte, ella no fue quien vio el pelotazo, si no otra persona, pero claro, la persona que lo vio es de la familia.

Se me ocurre que habiendo estado una persona de la familia presente ese día y diciendo que vio el hecho, desacreditaría en parte lo de la ex empleada o no sé. Pero supongamos el hipotético caso de que esa persona de la familia no estuviera presente y nadie hubiese visto el hecho en cuestión, pero la empleada por pura venganza dijera que sí.

Por ende, tendríamos esta situación:

Familia toda a favor del chico
Persona ajena en contra, sin poder argumentar prueba alguna más que su testimonio

Cómo podría proceder el juez en este caso? Qué recursos usarian ustedes para desacreditar a la empleada, que como dije antes, está mintiendo?
 #979436  por patri02
 
Si efectivamente es como decís, que tiró el pelotazo fuerte, sin intensión de dañar .. el homicidio sería culposo, por lo tanto por ser menor no es punible. Acordate que el homicidio preterintencional requiere dolo de lesión, y si no le apuntó con la pelota como para pegarle, no la podría tener.. esa es mi opinión ..
 #979531  por feragus
 
patri02 escribió:Si efectivamente es como decís, que tiró el pelotazo fuerte, sin intensión de dañar .. el homicidio sería culposo, por lo tanto por ser menor no es punible. Acordate que el homicidio preterintencional requiere dolo de lesión, y si no le apuntó con la pelota como para pegarle, no la podría tener.. esa es mi opinión ..
No es punible sea el homicidio culposo, preterintencional, doloso o triplemente agravado. No es punible para ningún delito. Como bien dijeron más arriba, ley 22.278 art. 1.
 #979929  por patri02
 
feragus escribió:
patri02 escribió:Si efectivamente es como decís, que tiró el pelotazo fuerte, sin intensión de dañar .. el homicidio sería culposo, por lo tanto por ser menor no es punible. Acordate que el homicidio preterintencional requiere dolo de lesión, y si no le apuntó con la pelota como para pegarle, no la podría tener.. esa es mi opinión ..
No es punible sea el homicidio culposo, preterintencional, doloso o triplemente agravado. No es punible para ningún delito. Como bien dijeron más arriba, ley 22.278 art. 1.
Efectivamente, cuando tenés razón, tenés razón ..