hola a todos
tengo el siguiente problema:
tengo por cliente a la viuda de un trabajador fallecido en ocasion de trabajo, ya se conro lo que corresponde por art 247 LCT y luego de hacer todo el tramite ante la comision medica y que la ART apelara, en camara quedo firme que el fallecimiento fue en ocasion de trabajo y remitieron nuevamente el expediente a la comision medica
ahora bien, el 247 se arreglo bien y rapido pero la indemnizacion de la ley 24557 modificartorias y demás yerbas (inconstitucionalidad ripte etc)no se como seguirlas ni ante donde, ademas me regularon honorarios y la art me bicicletea
tengo el siguiente problema:
tengo por cliente a la viuda de un trabajador fallecido en ocasion de trabajo, ya se conro lo que corresponde por art 247 LCT y luego de hacer todo el tramite ante la comision medica y que la ART apelara, en camara quedo firme que el fallecimiento fue en ocasion de trabajo y remitieron nuevamente el expediente a la comision medica
ahora bien, el 247 se arreglo bien y rapido pero la indemnizacion de la ley 24557 modificartorias y demás yerbas (inconstitucionalidad ripte etc)no se como seguirlas ni ante donde, ademas me regularon honorarios y la art me bicicletea