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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #978486  por Beto
 
HOLA ALGUIEN SABE EL PROCEDIMIENTO COMO PROCEDER, MUCHAS GRACIAS
 #978551  por GU
 
Ponele un poco de ganas a la pregunta.

Salutes!
 #978794  por Beto
 
GU escribió:Ponele un poco de ganas a la pregunta.

Salutes!
ok. Tengo varios clientes que los estan por despedir en una importante Cia, ahora bien los amenazan todo el dia que se pases a una jornada de trabajo de 6 horas, para bajarles el salario, percibiran el 50 por ciento. Al que no se pasa, los torturan dicendoles que los vana adespedir...., esto para mi es un caso de acoso laboral, y creo que es la unica solucin para que conserven el empleo y si de todas formas los despiden, tendran que abonarles dos indemnisaciones, una por mobing y otra por el despido sin causa
Mi duda es al siguiente se puede ir directamente al seclo, osea saltar el correo espitolar?, ya que cuando reciban las cd, posiblemnte lso despidan antes de poder hacer algo.
Gracas
 #978851  por andresxeneizes
 
mas alla del mobing y teniendo en cuenta que tenes varios clientes de la misma empresa que podrian ser testigos uno del otro, pregunto esta todo registrado bien? las horas extras las pagan en blanco?, quizas se puede sacar el mismo dinero que con el mobing intimando primero por la 24013, lo tiro como idea, despues quiza esto no se aplica al caso
 #978956  por Beto
 
andresxeneizes escribió:mas alla del mobing y teniendo en cuenta que tenes varios clientes de la misma empresa que podrian ser testigos uno del otro, pregunto esta todo registrado bien? las horas extras las pagan en blanco?, quizas se puede sacar el mismo dinero que con el mobing intimando primero por la 24013, lo tiro como idea, despues quiza esto no se aplica al caso


Hola si estan todos, registrados, peero es mas complejo el tema, estan regsitrados como personal de comercio y deberian de estar regsitrados como bancarios..., en fin y lo m{as jugoso es que trabajan con tres tarjetas de creditos, para las mismas estan trabajando en "negro", osea que cuando los despidan , la indemnizaci{on se cuadruplica, una por el despido de la empresa y tres mas por las trajetas..., esto va como...., ya me paso y se soluciono bien, costo un poco, pero se llego a un buen nro.

Mi inquietud, era sobre el mobing....
 #979172  por abogadale
 
Hola Beto, lo que yo haría es iniciar el intercambio telegráfico (básico en caso de tener que llegar a juicio) donde la excusa es reclamar que sean registrados como bancarios y que les abonen el salario correspondiente por dicha actividad (según convenio y escala salarial), diferencias salariales por periodo no prescripto, integren dif aportes, etc etc..... (y otras cuestiones en las que deben estar en falta tambien -hs extras, x ej-) por el plazo de 30 días. En el mismo telegrama, los intimas a que cesen hostigamiento laboral perpetrado por constantes amenazas de despido (en los términos que consideradas que existe el acoso). En lo posible detalla quien realiza tales amenazas y las circunstancias. Todo ello bajo apercibimiento de considerarse despedido, reclamo de multas por 24.013 (por la registración deficiente). Obviamente el camino tiene un solo destino: considerarse despedido. Para los que no quieran hacerlo, intima solo al cese del hostigamiento, pero no tiene mucho sentido, ya que los estarías alertando por todo lo demás.-
Espero serte de ayuda! Saludos.-
 #979176  por abogadale
 
Olvide decirte.... con relación al mobbing. Vos intimas, ellos lo niegan, vos ratificas. Llegado el momento del inicio del reclamo, le agregas el concepto "daño moral - mobbing" a la liquidación, y lo negocias. Yo lo calculo en un 30% sobre el total de la indemnización (discutible, pq según los nros le agrego o no las multas) otros hacen el 20%. Saludos!
 #979627  por Beto
 
abogadale escribió:Olvide decirte.... con relación al mobbing. Vos intimas, ellos lo niegan, vos ratificas. Llegado el momento del inicio del reclamo, le agregas el concepto "daño moral - mobbing" a la liquidación, y lo negocias. Yo lo calculo en un 30% sobre el total de la indemnización (discutible, pq según los nros le agrego o no las multas) otros hacen el 20%. Saludos!

MUCAHS GRACIAS, ME ACLARASTE EL PANORAMA.