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  • Ley de Estupefacientes: agravante

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 #978607  por Pandilla
 
Prisión preventiva por vender cocaína en bar ubicado en las inmediaciones de un centro cultural

El imputado fue sorprendido con diez envoltorios de cocaína y billetes de distinta denominación.

El juez de Control de Cosquín, Gabriel Prémoli, confirmó la prisión preventiva dictada por la fiscal de Instrucción María Alejandra Hillman, en contra del imputado Juan Carlos Garrido por el presunto delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por desarrollarse en inmediaciones de instituciones culturales.
El sujeto fue sorprendido por la Policía provincial con diez envoltorios de nylon que contenían clorhidrato de cocaína en el bar “El Turco”, de la ciudad de La Falda; inmueble ubicado en las inmediaciones (al frente) de un centro cultural, una biblioteca y un centro maternal.
http://www.justiciacordoba.gov.ar/justi ... spx?id=292

Saludos
 #978707  por Bracoo
 
Una noticia?

Pandilla nuevamente publicando noticias, sin efectuar un solo comentario.

Nuevamente demuestra su condición, nuevamente quiere hacer del foro una despensa, nuevamente le van a cerrar el tema.

Será justicia.
 #996718  por Pandilla
 
Casación anuló una requisa y absolvió a un imputado que había sido condenado por tenencia de estupefacientes.

Lo decidió la Sala IV del máximo tribunal penal. Se trata de un caso ocurrido Mendoza. Los magistrados declararon la nulidad de la requisa policial realizada en la investigación y revocó la pena que había aplicado el TOF N° 1 de aquella ciudad.-

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, declaró la nulidad de una requisa llevada a cabo en una comisaría de Mendoza, por aplicación de la doctrina del “fruto del árbol venenoso”.
En consecuencia, el máximo tribunal penal absolvió al imputado que había sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por el delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primera parte, de la ley 23.737).
http://www.cij.gov.ar/nota-12355-Casaci ... entes.html

Saludos
 #999477  por Pandilla
 
Confirman ampliación de procesamientos en una causa por tráfico de drogas.-

Lo dispuso la Cámara Federal de Paraná. Alcanza a dos personas, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por valerse de un menor de edad. Además el tribunal ratificó la prisión preventiva de ambos imputados

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por los jueces Cintia G. Gómez, Mateo J. Busaniche y Daniel E. Alonso, confirmó la resolución de primera instancia que amplía el procesamiento de dos personas por considerarlas prima facie y por semiplena prueba que sus conductas encuadran en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por haberse valido de persona menor de 18 años de edad, en calidad de coautores.

Se trata de los autos caratulados: “Legajo de Apelación de Araujo A. J. (D) y Araujo W. J. C. (D) en autos Araujo, A. J. (D) y Araujo W. J. C. (D) por infracción ley 23737”, Expte. N° FPA 31058690/2012/1/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 1 de Concepción del Uruguay.
http://www.cij.gov.ar/nota-12462-Confir ... rogas.html

Saludos
 #1000058  por Pandilla
 
Procesan con prisión preventiva a seis imputados en causa por tráfico de estupefacientes.-

Lo dispuso el Juzgado Federal N°1 de San Isidro. Se trata del líder e integrantes de una organización destinada al tráfico de cocaína siendo su origen la República de Bolivia. Durante la investigación se secuestraron más de 580 kilogramos de esa sustancia.-

La jueza Sandra Arroyo Salgado, titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro N° 1, dictó el procesamiento con prisión preventiva de seis imputados por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de transporte agravado por la intervención en el hecho de tres o más personas, siendo uno de ellos señalado como el líder de la organización.

Según la resolución, firmada el pasado viernes, en la causa se investiga “la existencia de una organización criminal cuyo propósito es el tráfico de clorhidrato de cocaína siendo su origen la República de Bolivia, en sus modalidades de transporte y tenencia con fines de comercialización, con indicadores de interjurisdiccionalidad establecidos entre las provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero y Salta”.
http://www.cij.gov.ar/nota-12491-Proces ... entes.html

Saludos
 #1000306  por Pandilla
 
Bueno, de alguna forma, lo de más abajo está relacionado con lo de más arriba.

Saludos

Narcotráfico: la Corte requirió medidas urgentes para el Norte del país.-

El Máximo Tribunal pidió al Consejo de la Magistratura y a los ministerios de Justicia y de Seguridad que adopten las medidas sugeridas por jueces federales de Salta, Tucumán y Jujuy para combatir la “grave problemática” denunciada. Informes completos.-

La Corte Suprema de Justicia de la Nación requirió al Consejo de la Magistratura de la Nación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Ministerio de Seguridad que arbitren de modo urgente las medidas sugeridas por jueces federales del Norte del país debido a “la grave problemática” que denuncian vinculada al tráfico de estupefacientes y otros hechos delictivos en dicha zona.
http://www.cij.gov.ar/nota-12502-Narcot ... -pa-s.html
 #1002392  por Pandilla
 
No pudo probarse que vendía droga, pero lo secuestrado excedía los márgenes del consumo personal.-

La Cámara de Deán Funes lo condenó por la figura “residual” de tenencia simple de estupefacientes.

La Cámara Múltiple de Deán Funes condenó a tres años de prisión efectiva al imputado Rafael Hernán Quinteros por el delito de tenencia simple de estupefacientes. La policía había secuestrado en su domicilio 110 gramos de cocaína, durante un allanamiento dispuesto por la Justicia de Paz con la finalidad de determinar si el acusado había adquirido ilícitamente un GPS.
El camarista Horacio Ruiz consideró que la cantidad de droga secuestrada “excede lo que puede estimarse tolerable para consumo personal, máxime cuando de la pericia psiquiátrica y de sus propia declaración surge que no es adicto, sino un consumidor ocasional”. Sin embargo, también sostuvo que dicha cuantía tampoco alcanza a conformar una tenencia con fines de comercialización en los términos del artículo 5º inciso “c” de la Ley de Estupefacientes “por no estar debidamente acreditada la finalidad del tráfico”.
En este sentido, el magistrado refirió que la ausencia de plena prueba sobre la finalidad de traficar la droga, obedeció a que el allanamiento fue originado se sospechaba que el imputado había comprado un GPS proveniente de un delito en contra de la propiedad. Si bien el procedimiento arrojó resultado negativo en relación a la búsqueda del GPS, en forma casual se encontró la sustancia compatible con una mezcla de cocaína, cafeína y sustancias reductoras.
http://www.justiciacordoba.gob.ar/justi ... spx?id=506

Causa: “Quinteros, Rafael Hernán psa Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.
Fecha: 8 de noviembre de 2013.

http://www.justiciacordoba.gob.ar/justi ... spx?id=348

Saludos
 #1005239  por Pandilla
 
Condenan a un matrimonio que usaba a su hijo de 17 años para vender drogas.-

Para el camarista Weiss, los imputados “se constituyeron en referentes de la delincuencia” y abrieron las puertas de la adicción a su propio hijo

La Cámara 3ª del Crimen de Córdoba condenó a 6 años y 6 meses de prisión a un matrimonio que utilizaba a su hijo de 17 años para comercializar cocaína. El tribunal unipersonal, presidido por el camarista Alejandro Guillermo Weiss, encuadró la conducta de ambos imputados en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por servirse de menor de edad.
La sentencia también establece la responsabilidad penal del joven por el delito de comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara 3ª del Crimen no le impuso pena en razón de su edad, pero remitió copia del fallo al Juzgado Penal Juvenil Nº 7.
A la hora de establecer el monto de la pena, el magistrado consideró en contra de los imputados que utilizaran su propia vivienda, donde funcionaba un kiosco, como lugar para cometer los ilícitos; “ya que ello implica instaurar como modo de vida ante la vista de sus hijos la comisión de este tipo de hechos delictivos, los que a su vez constituyen hoy en día uno de los mayores flagelos que golpean a nuestra sociedad toda”.
“En lugar de erigirse, en su calidad de padres, como modelo de vida digna a seguir o a imitar por sus hijos, se constituyeron en referentes de la delincuencia, abriéndoles la puerta además a la adicción de estupefacientes, realidad que hoy en día su hijo reconoce que padece”, puntualizó el camarista Weiss.
Por otra parte, el juez destacó en la resolución la actuación del personal policial que intervino en la causa por su “idoneidad, profesionalismo, seriedad y honradez” y también elogió el desempeño de los operadores judiciales intervinientes. “Resulta necesario ponerlo de manifiesto ante el lamentable descrédito que la fuerza policial ha sufrido en nuestros días, por hechos de público conocimiento, lo que más de una vez lleva a una generalización de los componentes de la Policía de la Provincia de Córdoba -Dirección de Lucha contra el Narcotráfico- que, puedo aseverar, en el caso de autos, a todas luces resulta injusta”, enfatizó.

Fecha: 27 de noviembre de 2013.
Causa: “C., A. M. y otros p.ss.aa. Tenencia con fines de comercialización agravada, etc.” (Expte. SAC Nº 1127591)

http://www.justiciacordoba.gob.ar/justi ... spx?id=354

Saludos
 #1007571  por Pandilla
 
Estupefacientes. Transporte de droga. Ley 23737 art. 5 inc. C. Requisitos típicos.-

Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
El Dr. Eduardo G. Farah dijo:
I. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra. Catalina E. Moccia de Heilbron, a fs. 11/12, contra la resolución por medio de la cual se dictó auto de procesamiento de Norma Beatriz Rano en orden al delito previsto y reprimido en el art. 5º, inc. “c”, de la ley 23.737 (en la modalidad de transporte).
II. Conforme surge de la resolución apelada, la conducta fue detectada por personal del Punto de Inspección y Registro del Pre embarque Nacional –sito en La Terminal II del Aeropuerto Internacional Jorge Newbery- en circunstancias en que Norma Beatriz Rano se disponía a
embarcar un vuelo con destino a la ciudad de Ushuaia. En dicha ocasión fue que, tras activarse la alarma lumínica sonora del detector de metales del punto de inspección, la Oficial Ayudante Carina Jaimes procedió a palpar manualmente a la nombrada y pudo advertir que en el interior de su bota derecha sobresalía un bulto, el cual contenía cocaína por un peso total de 124,9 gramos. A su vez, en la botamanga de su pierna izquierda, se encontró un paquete de similares características a las descriptas anteriormente, con un peso total de 103,9 gramos.
Finalmente, y tras trasladar a Rano a la sala de requisa lindante al pre embarque, ésta extrajo voluntariamente de entre sus piernas –concretamente del interior de su cavidad vaginal- un tercer paquete de cocaína, envuelto en un preservativo, que pesó 252 grs.
Cabe aclarar que si bien se practicó el denominado “body scan” sobre la persona de la encausada, se corroboró que no poseía cuerpos extraños en su organismo (cfr. fs. 5/7, 88/vta. y 157/159).
Por otra parte, se realizó un allanamiento en su domicilio en el cual se secuestraron -entre otros elementos- papel aluminio, preservativos, rollos de cinta de embalar, bolsas plásticas de pequeñas dimensiones y aguarrás (fs. 45/48 y 50/58).
http://new.pensamientopenal.com.ar/site ... os15_0.pdf

Saludos
 #1014063  por Pandilla
 
La Cámara de Casación confirmó condenas en causa por narcotráfico.-

Lo resolvió la Sala IV. Desestimó recursos presentados contra una sentencia que condenó a dos acusados a 7 años y medio de prisión, por los delitos de transporte y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces doctores Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de Mendoza respecto de dos imputados a quienes se condenó a la pena de siete años y seis meses de prisión por los delitos de transporte y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravados por ser cometidos en forma organizada.
Los magistrados del máximo tribunal penal del país confirmaron la sentencia recurrida por las defensas en la que se tuvo por acreditada la existencia de una organización dedicada al narcotráfico.
http://www.cij.gov.ar/nota-12817-La-C-m ... -fico.html

Saludos