Mirá, en mi experiencia tenes varias variantes, dependiendo el criterio de cada juzgado.
Fijate si el trabajador esta amparado por algun CCT específico (leelo bien, porque a veces se someten a la LCT algunos empleados públicos, lo cual es un acto expreso de inclusion al RCT cfr. art. 2 LCT).
Consejos: En pcipio. la competencia se fija por el relato de los hechos del actor, por ende: funda en normativa laboral si te interesa ese fuero (y hace liquidacion por LCT) PERO subsidiariamente hacé liquidación como empleado público (y acá pediría todo, incluso reinstalación o salarios caidos, dif. salariales,etc.) Porque esto? 1-He visto casos en que se hacen planteos exclusivamente basados en LCT y si tenes la mala suerte que se declara incompetente y va a Cont. Adm. o fuero Federal, vas a tener una demanda basada en cuestiones puramente laborales, con puntos de pericia ofrecidos a modo laboral, etc. y el fuero federal es mucho mas estricto que el laboral y puede voltertela muy facilmente. 2- Si la demanda queda en el laboral, y te dicen que no es procedente la LCT, algú Juzgado podría tambien rechazar la demanda. En cambio de esta manera tenes subsidiariamente planteado lo de empleo público, pueden.
Para los puntos de pericia, tené en cuenta que el E. no tiene obligación de llevar libros del 52. Así que plantea que se produzcan de acuerdo a como se lleve las cuestiones laborales.
Obviamente citá los precedentes de esta composición de la CSJN "Ramos"; etc. y leelos bien que ahí podes tener la solución del planteo...Espero sirva.