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  • Hacer firmar un telegrama de renuncia

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #98685  por fede1981
 
Resulta que el trabajador ingresa a un establecimiento gastronómico el 01/01/07 totalmente en negro. Al mes siguiente el empleador le hace firmar un telegrama de renuncia ¿no sé para qué?. El trabajador comtinúa en sus tareas. Finalmente empieza a cobrar con recibo de sueldo con una fecha de ingreso del 01/05/07 y figurando solo media jornada. Se produce el despido indirecto en Noviembre 07. La pregunta es: 1. ¿ Utilizarían el telegrama de renuncia para probar la verdadera fecha de ingreso? ¿No entiendo porqué le hacen firmar un tele de renuncia cuando nunca habia estado registrado?¿Eso no es un medio de prueba en su contra?!!!

SAludos a todos....
 #98832  por Ishtar
 
Hola, decis que lo despidieron en noviembre, le pagaron la indemnización por despido? en caso afirmativo que conceptos y montos?

 #98925  por sabri79
 
en fenrero le hacen firmar el telegrama de renuncia pero igual siguio yendo a trabajar???
 #98987  por andreis28
 
el telegrama fue enviado?
fede1981 escribió:Resulta que el trabajador ingresa a un establecimiento gastronómico el 01/01/07 totalmente en negro. Al mes siguiente el empleador le hace firmar un telegrama de renuncia ¿no sé para qué?. El trabajador comtinúa en sus tareas. Finalmente empieza a cobrar con recibo de sueldo con una fecha de ingreso del 01/05/07 y figurando solo media jornada. Se produce el despido indirecto en Noviembre 07. La pregunta es: 1. ¿ Utilizarían el telegrama de renuncia para probar la verdadera fecha de ingreso? ¿No entiendo porqué le hacen firmar un tele de renuncia cuando nunca habia estado registrado?¿Eso no es un medio de prueba en su contra?!!!

SAludos a todos....

 #99334  por Babop
 
No vas a tener problema en cuanto a demostrar la relacion laboral, puesto que el trabajador luego fue registrado. Si se consideró despedido (despido indirecto) para ver qué validez tiene el tema del trabajo en negro, deberías ver si la empresa ha sido intimada fehacientemente durante el intercambio telegráfico a regularizar la relación laboral conforme ley 24013 (tanto por el período previo a la registración ...real fecha de ingreso, como así también a la real jornada) . De no haber incuído esto en el intercambio - intimación, lo que quieras reclamar con anterioridad a la fecha de registro se complicará. Espero ser de utilidad. Suerte.

 #99506  por dies a quo
 
Como bien dicen arriba vigente la relación laboral había que intimar por la ley 24013 para que regularizaran la verdadera fecha de ingreso... Sin embargo, luego del telegrama de despido, podés enviar otro alegando dicha situación, consignando verdadera fecha de ingreso (V. art. 1 ley 25323) e intimando abone rubros indemnizatorios (art. 2 de la misma ley)

Saludos

 #99963  por fede1981
 
Si, la intimación por la 24013 fué realizada. "Ante despido verbal intimo plazo...aclare situac laboral, en la q me desempeño desde.., en el horario"....
La empresa niega la fecha de ingreso y el jornal consignado asi que el trabajador se da por despedido. Se va a Seclo y nada. Demanda.
Ahora tengo que probar la real fecha de ingreso. El tema es si me sirve este telegrama de renuncia que firma en enero para probar, no la relacion laboral, sino la real fecha de ingreso (como indiqué antes) y justificar la injuria laboral. Y otra: ¿alguien tiene jurisprudencia sobre trabajo registrado incorrectamente (fecha de ingreso- jornada laboral)?

Un saludo a todosssss.....

 #100008  por dies a quo
 
Bueno, no se si t. sirve pero te pongo:

"El art. 255 LCT establece la deducción de las indemnizaciones que se hubieran abonado en caso de que el cese anterior se hubiera producido por despido, pero en modo alguno establece que no deba contabilizarse el tiempo de servicio en caso de que dicho cese se hubiera producido por renuncia y, por el contrario, al establecer que la antig³edad se calculará en el modo indicado en el art. 18 LCT, implica que debe considerarse todo el tiempo trabajado desde su primer ingreso."

Autos: PEREZ, Ramón c/ COMISION NACIONAL DE REGULACION DELTRANSPORTE s/ despido Sala: Sala III 10/02/1999