Resulta que el trabajador ingresa a un establecimiento gastronómico el 01/01/07 totalmente en negro. Al mes siguiente el empleador le hace firmar un telegrama de renuncia ¿no sé para qué?. El trabajador comtinúa en sus tareas. Finalmente empieza a cobrar con recibo de sueldo con una fecha de ingreso del 01/05/07 y figurando solo media jornada. Se produce el despido indirecto en Noviembre 07. La pregunta es: 1. ¿ Utilizarían el telegrama de renuncia para probar la verdadera fecha de ingreso? ¿No entiendo porqué le hacen firmar un tele de renuncia cuando nunca habia estado registrado?¿Eso no es un medio de prueba en su contra?!!!
SAludos a todos....
SAludos a todos....