Colegas, se me planteó una duda, para el caso de una empleada que trabaja bajo el CCT de Comercio, y solicita una licencia sin goce de sueldo por 3 meses (en realidad la empleada quiere renunciar porque se va al interior por un proyecto personal, y la empleadora lo quiere retener, entonces prefiere darle una licencia por si quiere regresar).
En la LCT no hay regulación para este escenario específico, tampoco en el CCT. Entiendo que hay una suspensión del contrato de trabajo, y que en caso de embarazo, no correspondería licencia por maternidad. Sin embargo, considero que es una contingencia importante, porque al no haber regulación específica, queda más expuesto a la sana crítica del juez.
De ser posible, me gustaría que algún colega con más experiencia me dé su opinión.
Saludos a todos!
Analía
En la LCT no hay regulación para este escenario específico, tampoco en el CCT. Entiendo que hay una suspensión del contrato de trabajo, y que en caso de embarazo, no correspondería licencia por maternidad. Sin embargo, considero que es una contingencia importante, porque al no haber regulación específica, queda más expuesto a la sana crítica del juez.
De ser posible, me gustaría que algún colega con más experiencia me dé su opinión.
Saludos a todos!
Analía