Hola a todos:
Tengo un expediente de reajuste que actualmente esta en Camara, Sala II, por apelacion tanto de parte actora como demandada. Yo exprese agravios en tiempo y forma. Ahora me notifican de un despacho en el que se rechaza el pedido de recusacion sin causa deducido por anses y se le declara desierto el recurso a anses. La verdad es que mucho no me interesan mis agravios porque tienen muy poca incidencia en el reajuste. Ademas el juez de primera instancia me dio reajuste de PBU y la Sala II, revoca la sentencia en ese punto.
Pregunta: se puede en esta etapa procesal, cuando quede firme el proveido que declara desierto el recurso de anses, desistir de mi recurso para que quede firme la sentencia de primera instancia?
Si yo no desisto de mi recurso y la Camara en algun punto revoca a mi favor la sentencia de primera instancia: anses me puede hacer transitar todas las ulteriores instancias, no?
Ultima pregunta: alguien tiene experiencia de que es lo que hace anses ante estos rechazos de las recusaciones sin causa y cuando le declaran desierto el recurso?
La verdad no me quiero apurar en tomar una decision como desistir de mi recurso, porque me ha pasado de que a veces uno presenta la expresion de agravios y el escrito queda retenido sin agregar al expediente y cuando te declaran desierto el recurso debo presentarme con la copia del escrito oportunamente presentado.
Gracias a todos
Tengo un expediente de reajuste que actualmente esta en Camara, Sala II, por apelacion tanto de parte actora como demandada. Yo exprese agravios en tiempo y forma. Ahora me notifican de un despacho en el que se rechaza el pedido de recusacion sin causa deducido por anses y se le declara desierto el recurso a anses. La verdad es que mucho no me interesan mis agravios porque tienen muy poca incidencia en el reajuste. Ademas el juez de primera instancia me dio reajuste de PBU y la Sala II, revoca la sentencia en ese punto.
Pregunta: se puede en esta etapa procesal, cuando quede firme el proveido que declara desierto el recurso de anses, desistir de mi recurso para que quede firme la sentencia de primera instancia?
Si yo no desisto de mi recurso y la Camara en algun punto revoca a mi favor la sentencia de primera instancia: anses me puede hacer transitar todas las ulteriores instancias, no?
Ultima pregunta: alguien tiene experiencia de que es lo que hace anses ante estos rechazos de las recusaciones sin causa y cuando le declaran desierto el recurso?
La verdad no me quiero apurar en tomar una decision como desistir de mi recurso, porque me ha pasado de que a veces uno presenta la expresion de agravios y el escrito queda retenido sin agregar al expediente y cuando te declaran desierto el recurso debo presentarme con la copia del escrito oportunamente presentado.
Gracias a todos