Estimados tengo que demandar a una reconocida cia de cosmeticos por daños y perjuicios derivados de la no entrega de premios a una revendedora.- el tema es que el acto en si lo genera la vendedora lider d ela empresa quien a raiz de este fraude logra un puntaje que le permite acceder a un okm y asi va estafando a todas las revendedoras. LA DUDA como se que no puedo mezclar ambos regimenes de responsabilidad como lo encuadro? es decir responsabilidad contractual con la empresa en funcion d ela relacion de trabajo y con la vendedora lider seria extracontractual no? o puedo invocar 1113 resp por hecho del dependiente ( aunque la empresa niegue la relacion de dependencia) ALGUIEN QUE HAGA DAÑOS y me de un poco de claridad ... me ayudaria muchisimo gracia a todos !!
EL HOMBRE LLORA AL NACER PORQUE SABE QUE HA VENIDO A VIVIR A ESTE GRAN ESCENARIO DE LOCOS.- SHAKESPEARE.-
