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  • REINCIDENCIA ALCOHOLEMIA POR 3ERA VEZ?

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #981686  por enanomas
 
Me dio positivo el control de alcoholemia en abril de 2011 con 0.6 en la ciudad de Santa Fe. Y reincidí en enero de 2013 con 0.8. Ahora tuve otro caso el 20 de agosto con 0.9 en la ruta nacional 168 con intervención de la AGENCIA PROVINCIAL DE VIALIDAD DE SANTA FE. Mi pregunta es: según la legislación el periodo de reincidencia es de dos años para faltas graves. Se supone que la primera debería estar "saldada"? o sería mi tercer reincidencia? Y ante estos casos que conviene hacer: que realice el pago voluntario? que espere para hacer el descargo? Porque con estos antecedentes, habiendo firmado el acta estoy hasta las manos. Aparte que no sé que irregularidad puedo encontrar en el acta, lo raro fue que quien me hizo el control no parecía un médico y no se presentó como tal. Igualmente voy a ir a hablar con la jueza para ver que pasa si decido hacer el pago voluntario. Seguramente me retendrán en el carnet por meses + una linda suma de plata. Y en todo caso como pelear el tema del carnet porque lo uso para trabajar. Igual la jueza me va a partir al medio cuando vea la reincidencia. Me preocupa lo de la primera si se tomará como que sigue contando. Porque ya pasaron 2 años. Soy abogado a todo esto. Algunos me recomendaron pelearla y otros hacer el pago voluntario asi capaz me consideran y no me matan tanto ni me sacan tanto tiempo el carnet. Claramente si no me presento me van a setenciar en calidad de rebelde y agarrate. Por ende que me recomiendan: yo voy a habalr con la jueza para ver que me dice y de ahi veré pero ya voy pensando por las dudas que hacer. Saludos
 #981791  por diegoignacio
 
le recomiendo no tomar mas al conducir ya que pone en peligro a otras personas mas alla de su vida, y respecto lo que dice la reincidencia solo puede ser declarada por un juez y no creo que lleven antecedentes por las faltas
 #1015535  por Fernandosg
 
Lo que yo le aconsejaría es lo siguiente.

1º Deje de conducir ebrio, pone en peligro vida, y lo que es más importante, la vida de 3ros.
2º Dice ser abogado, y que usa su registro de conductor para trabajar. Es como una especie de remis asesor? es decir, atiende a los clientes mientras los lleva a bordo del remis o taxi?
3º Si el registro es su herramienta de trabajo, por qué no la cuida?
4º Si ud es un particular, le aconsejo que vaya a ver a un abogado, le pague la consulta, y él le sabrá dar las respuestas que ud. necesita. Si ud es abogado, le aconsejo que vaya a ver a un colega, le pague la consulta, y él sabrá darle las respuestas que ud. necesita. Y una vez finalizado el trámite, retorne a la universidad donde se recibió, devuelva el título y siga con su vida.

Saludos.