Hola a todos los foristas, quería consultarles por un reclamo a Obra Social que no brindó con urgencia los servicios requeridos por el afiliado. Qué posibilidades de cobrar los reintegros hay en esos casos en los que no hubo intimación previa a el otorgamiento de los turnos con carácter de urgente sino una vez realizadas las consultas y cirugías en el sector privado? Gracias
