Colegas:
Tengo un caso de alimentos que tramita en lomas, soy letrada de la parte la actora. Se firmó y se homologó un acuerdo de alimentos con un porcentaje del salario hace 5 años atrás, el tema es que nunca se acompañaron los recibos de sueldo al expte., ni le entrega copia a mi cilenta, y siempre le pasó la misma suma fija, que deposita judicialmente. entonces pedí que se intime a el empleador a que acompañe copias de los recibos, lo cual el juzgado me proveyó lo que pedí. El tema es que el alimentante es empleado de Anses (mi clienta no sabe la delegación ni la zona de trabajo), pero armé y selle el oficio ley 22.172, dirigido al ANSES (casa central en CABA)?????
Esta bien que lo dirija ahí, cuando se trata de un empleado del Anses a donde corresponde dirigir el oficio por esta cuestión? Alguien sabe si es correcto?
Gracias!!!!
Tengo un caso de alimentos que tramita en lomas, soy letrada de la parte la actora. Se firmó y se homologó un acuerdo de alimentos con un porcentaje del salario hace 5 años atrás, el tema es que nunca se acompañaron los recibos de sueldo al expte., ni le entrega copia a mi cilenta, y siempre le pasó la misma suma fija, que deposita judicialmente. entonces pedí que se intime a el empleador a que acompañe copias de los recibos, lo cual el juzgado me proveyó lo que pedí. El tema es que el alimentante es empleado de Anses (mi clienta no sabe la delegación ni la zona de trabajo), pero armé y selle el oficio ley 22.172, dirigido al ANSES (casa central en CABA)?????
Esta bien que lo dirija ahí, cuando se trata de un empleado del Anses a donde corresponde dirigir el oficio por esta cuestión? Alguien sabe si es correcto?
Gracias!!!!