En primer Término Feliz día a todos los Colegas-Foristas. Quería saber, si alguien me podía dar una mano en un tema laboral... Quería saber si la baja de la afip de un trabajador, cuyo cese de la relación laboral se debió a un abandono del trabajo -debidamente notificado- debe realizarse de uno "modo particular" o alcanza con agregarlo en el apartado "motivos" en el formulario on-line de la AFIP... Desde Ya MUCHAS GRACIAS por sus respuestas!!!!