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 #99459  por GABYFER
 
Hola foro, necesito que alguien me asesore por una inhibicion. La persona afectada tuvo un juicio por un accidente en moto y la persona encargada de llevar a cabo este juicio le pidio que le firmara un poder civil pero se nego y pidio firmarselo a nombre de su pareja pero no se lo acepto y no despues de eso no volvio a comunicarles nada del juicio. El problema mas grave fue que hace ya tiempo, el no se encontraba en la provincia y llego a su domicilio una sitacion con plazo para presentarse por el juicio, lo recibio la madre y no le dijeron nada, se entero cuando regreso y el plazo estaba vencido, supuestamente el juicio estaba ganado, eso dijo la persona a cargo, pero que al no presentarse perdio todo y la parte demandada reclama los gastos. Ahora bien, no se si se pueda resolver el tema del juicio (como no estaba en Bs As) pero la inquietud mayor es como levantar la inhibicion que es eso lo que mas le interesa.
Espero que hayan podido entender el problema y puedan ayudarme, desde ya muchas gracias..

 #99484  por Administrador
 
Hola Gabyfer....a ver... realmente no me quedan claro los datos.
El señor esta inhibido por que?....que relación tiene esto con el juicio que el hizo por el accidente? O el juicio se lo hicieron a el?.. asi tendria más lógica la inhibición. No se....estoy perdida...No obstante, te digo, busca un abogado de tu confianza o de la confianza de la persona con el problema, para que vayan a ver el expediente. El te podrá explicar detalladamente, los pasos a seguir.
Te deseo suerte.
 #99490  por GABYFER
 
gracias por tratar de entender, te comento esta persona sufrio un accidente en moto en la via publica le inicio juicio a la municipalidad porq no habia iluminacion y las calles no eran transitables y los vecinos le comentaron q habian hecho el reclamo corresp. La abogada de esta persona le pidio un poder para tramitar con mayor libertad el juicio pero no quzo para ese entonces ya se habian presentado testigos y todo lo solicitado ya q como resultado del accidente este hombre termino con frractura del pie y 4 puntos en la cabeza. Luego de rechazar la peticion de la abogada esta menguo la comunicacion con el cliente y aludiendo q el juicio estaba parado. Ahora bien le llego un ultimo aviso para presentarse por el juicio con fecha limite cuando el no se encontraba en la prov. y lo recibio su madre q segun me dijeron es como si lo hubiese recibido el, este ultimo aviso tambien fue el unico ya q no hubo ninguno antes. El gran problema es que al no presentarse perdio el juicio y la municipalidad reclamo el pago de los gastos q implico este proceso y quedo inhibido a causa de esto. Lo que quiero saber es si hay alguna posibilidad de desestimar la inhibicion. Espero puedas entenderme ahora y con respecto a un abogado de confianza la abogada de este hombre era a la que le tenia confianza y ya ves se que no todos son iguales pero lamentablemente el ya no confia, espero q pueda consuguir a alguien en quien confiar

 #99519  por MORGAN
 
Aparentemente le decretaron la caducidad de instancia. Va a seguir inhibido hasta que pague o venza la misma y no la reinscriban.

 #99529  por usuario
 
Concuerdo con Morgan.
Debe pagar o esperar.

 #99531  por Sailaw
 
Y cuando fué que anotaron la inhibición, y en que registro la hicieron?
 #99640  por GABYFER
 
Sailaw escribió:Y cuando fué que anotaron la inhibición, y en que registro la hicieron?
esos datos no los tengo, pero se que el juicio estaba en los tribunales de lomas de zamora. Habria que ir a buscar los datos alla?
 #99643  por GABYFER
 
MORGAN escribió:Aparentemente le decretaron la caducidad de instancia. Va a seguir inhibido hasta que pague o venza la misma y no la reinscriban.
Cuanto es el tiempo de espera porque el quiere hacer la transferencia de su auto pero tengo entendido q si lo pone a su nombre es un riesgo porq se lo podrian sacar? Esto es asi

 #99646  por Sailaw
 
Poner a su nombre puede poner, el tema es que le va a dar elementos al inhibiente para que embargue y remate el mismo, la inhibición no impide inscribir, lo que impide es vender.

 #99648  por Sailaw
 
La caducidad de la inhibición en el Registro automotor, es de tres años.

 #99731  por Charlie
 
Sailaw escribió:La caducidad de la inhibición en el Registro automotor, es de tres años.
Sailaw, esto fue modificado por la ley 25677, que estableció un plazo de caducidad de cinco años. Lo que caduca a los tres años es el embargo.
Aquí dejo un enlace sobre el tema:

http://estudio-petersen.com.ar/Leyes/Le ... 582_58.htm


Saludos.

 #99743  por GABYFER
 
Charlie escribió:
Sailaw escribió:La caducidad de la inhibición en el Registro automotor, es de tres años.
Sailaw, esto fue modificado por la ley 25677, que estableció un plazo de caducidad de cinco años. Lo que caduca a los tres años es el embargo.
Aquí dejo un enlace sobre el tema:

http://estudio-petersen.com.ar/Leyes/Le ... 582_58.htm


Saludos.
Muchas gracias a todos por lo aportado me sirve de mucho