Hola buenas tardes alguien me podria sacar de esta duda. En capital se paga el 2 por mil de la valuacion del inmueble cuando se hace la insripcion? si es asi cuando la pago, antes o despues de la inscripcion de la minuta en el registro ?
siempre antes sino no ordenan la inscripcion, eso lo debe pagar luego de la declaracion jurada de bienes y haber determinado el valor de la tasa
“si alguna vez un joven elude responsabilidades o permanece indiferente ante la injusticia o la opresión, podré asegurar que ese joven no se ha graduado en la Universidad Nacional de La Plata”