Estimados colegas: reencauzando otra consulta que ya realice, les cuento que tengo un cliente intimado a jubilarse por el GCBA, tiene la edad y años de servicios, es no docente, trabaja en una escuela en portería y tiene vivienda, el tema es que si se jubila perderá la vivienda y necesitaría me guiaran si es posible realizar alguna acción tendiente a no modificar su situación laboral.
Desde ya, muchas gracias.
Desde ya, muchas gracias.