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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #985141  por TORDO
 
Me gustaría conocer la opinión de los distinguidos colegas foristas:
tengo el caso de una trabajador que sufre acci laboral.- ocurre en marzo le dan el alta de la ART en Junio.- en Octubre mi cliente lo despide.- en el intercambio telegráfico, me menciona que reclamara por art 213, atento se estaba haciendo análisis para operarse, por motivo del accidente de trabajo.-

El trabajador ya estaba de alta, hace tiempo, no presento nunca baja por enfermadad de obra social.- Corresponde en este caso la aplicación del 213, de la LCT, aunque realmente debiera operarse, si previo no notifico esta cuestión a su empleador, y se encontraba trabajando normalmente ???
 #985442  por TORDO
 
alguien que pueda colaborar en este tema ??
 #985492  por elnegociador
 
Mi opinión es que reclamar puede , pero no creo que prospere , mas aun si ya estaba prestando tareas normalmente porque su periodo de licencia por enfermedad ya había expirado. :mrgreen: exitos
 #985500  por marianoc
 
elnegociador escribió:Mi opinión es que reclamar puede , pero no creo que prospere , mas aun si ya estaba prestando tareas normalmente porque su periodo de licencia por enfermedad ya había expirado. :mrgreen: exitos
Coincido elnegociador ya que el trabajador no informó dicha situación, por lo que el empleador no tenía como saberlo. Igualmente espera la opinión de los expertos que hay aquí. Saludos