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  • Boleto de compraventa. Simulacion. Concubinos

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 #986859  por tuliohostilio
 
Estimados: recurro a vuestra ayuda en tema harto complejo:
Mi cliente compra un inmueble pero consigna como adquirente a la concubina.
Se separan, la concubina se pone firme señalando que ella es la adquierente. Acredito movimiento de fondos de mi cliente e incapacidad económica de la concubina.-
Hasta aqui simulación. No hay contradocumento.-
Ven viable la acción de simulación ? como ven que el vendedor haga poder venta a favor de mi cliente en forma conjunta con la concubina para que con dicho actuar no encuadre en la figura de desbaratamiento de derechos acordados o estafa.-
Gracias.-
Saludos
 #986885  por andresxeneizes
 
Art. 960. Si hubiere sobre la simulación un contradocumento firmado por alguna de las partes, para dejar sin efecto el acto simulado, cuando éste hubiera sido ilícito, o cuando fuere lícito, explicando o restringiendo el acto precedente, los jueces pueden conocer sobre él y sobre la simulación, si el contradocumento no contuviese algo contra la prohibición de las leyes, o contra los derechos de un tercero.

Sólo podrá prescindirse del contradocumento para admitir la acción, si mediaran circunstancias que hagan inequívoca la existencia de la simulación. (Párrafo incorporado por art. 1° de la Ley N° 17.711 B.O. 26/4/1968. Vigencia: a partir del 1° de julio de 1968.)
lo de las figuras penales olvidate no existe, si el tipo fue y de su propia voluntad lo metio a nombre de la mina o alguien lo obligo?
 #986889  por inviguiatti
 
tuliohostilio escribió:Estimados: recurro a vuestra ayuda en tema harto complejo:
Mi cliente compra un inmueble pero consigna como adquirente a la concubina.
Se separan, la concubina se pone firme...(...) y se la mando hasta el caracú!!! .....(...) señalando que ella es la adquierente. Acredito movimiento de fondos de mi cliente e incapacidad económica de la concubina.-
Hasta aqui simulación. No hay contradocumento.-
Ven viable la acción de simulación ? como ven que el vendedor haga poder venta a favor de mi cliente en forma conjunta con la concubinapara que con dicho actuar no encuadre en la figura de desbaratamiento de derechos acordados o estafa.-
Gracias.-
Saludos
Vos decis, que el vendedor firme otro instrumento, donde conste que le vendió a los dos??? me pa que no... :roll:
saludos y suerte