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  • Accidente de transito

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 #99881  por Catita_1
 
A ver si me pueden ayudar.
Accidente de transito, victima hace denuncia en comisaria, pero cuando le pregunta si quiere instar la accion penal conforme el art. 72 C.P, dice que momentaneamonte no.Bien, ahora si quiere hacerla, mas que nada para ofrecer testigos por tema compania de seguros.
Preparo el escrito para presentarlo en la UFI donde esta la causa, y mi duda es si se presenta como particulad damnificado o como actor civil.
Gracias

 #99932  por Sailaw
 
En Capital, el rol procesal de actor civil, lo podes tomas despues de dictado el auto de procesamiento, no antes, creo que en Provincia debe ser algo similar.

 #100325  por MORGAN
 
Se archiva la causa si dijo que no insta la acción listo.

 #100337  por Catita_1
 
Esto es el Prov., el accidente fue en noviembre, y pensaba presentar un escrito ofreciendo testigos, lo que sigo sin entender es, si se presenta como particular damn. o como actor civil, eso no me queda claro.O presento solo el escrito con los testigos?
Gracias Sai y Morgan.

 #100834  por Catita_1
 
Hoy pase por la UFI, y me dicen que la proxima semana archivan la causa, asi que tengo unos dias para presentar los testigos que de paso me dicen que el escrito lo haga por derecho propio.
Gracias a todos-
 #100848  por Pandilla
 
Hola, hasta donde alcanzo a entender, que archiven la causa, en y para este caso, en el cual aún, entiendo, no ha operado la prescripción de la acción, ( ¿ o si esta prescripta la acción....? ), no implica que la misma, y dentro de los plazos de la prescripción, no pueda ser reabierta.
Por otro lado, y hasta donde entiendo, me parece que a tú clienta/a le cabría el estado de particular damnificada. Ahora, la opción de presentarse en el estado de Actor Civil, sino me equivoco, conlleva la posibilidad de realizar, dentro del ámbito Penal, la cuestión Civil, ( o sea, la acción civil se integra a la Penal en una sola e única causa ). Tenes que darle una vista al CP desde el artículo 29 hasta el 33, y ver en el CPP que corresponda.
Por otro lado, si sólo hay interés en cobrar alguna especie de pesillos, y hay quien ponga los billetes, y si además, "no quedan lesiones" físicas graves o similares; pues, adelante y a brindar. Sino, creo, tienen que darle curso a la acción/es que corresponda/n, juntar los testigos, and etcétera, etcétera, etcétera.
Igual, espere o busque otras respuestas.

Saludos.
 #100873  por Pandilla
 
Vale recordar que las causales de archivo son varias y no todas implican, digamos, el cierre de la causa. Lo que ocurre es que si ahora, aún no operada la prescripción, la archivan, luego abría que solicitar el desarchivo y dale que dale.

Saludos.