este sr se jubilo por la ley 25994 o sea jubilacion anticipada en el año 2007, segun el art 3 de dicha ley le corresponde solo el 50% del correspondiente a la jubilacion comun, y que automaticamente al cumplir la edad exigida por la ley 24241 pasaria a percibir el haber completo. Este Sr hasta el dia de la fecha no fue actualizado sus haberes. La pregunta es si le corresponde hacer reclamo o si esa dispocicion quedo sin efectos.-