Hola buenas tardes queria consultar sobre lo siguiente: "La sociedad conyugal se disuelve si fue contencioso, retroactivamente a la fecha de la traba de la notificación de la demanda" Tengo un caso donde la sra. ,mi clienta, le urge escriturar una propiedad que tiene, pero esta esperando que salga la sentencia,lo cual se esta poniendo dificultoso por otras cuestiones. ¿Se puede escriturar y luego presentar el testimonio de la sentencia? Yo quiero saber si le va a corresponder al ex marido esa propiedad que ella escritura sin que salga la sentencia. Gracias =)
10 dias para Lucia =)
