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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #988792  por draCATALINA
 
hola hola.

tengo una duda importante...una cliente fue despedida sin causa de una empresa grande...a esta señora el medico laboral le determino un 15% de incapacidad producida por las actividades que ella prestaba en esa empresa....

durante la relacion laboral, la empresa cambio varias veces de art....3 por lo menos....a que art le reclamo....? a la ultima...a la art vigente a la hora del despido...?

desde ya cualquier orientación sera muy bienvenida...

besitos
 #988868  por LAUBOG
 
yo citaría a todas las ART... Alguna le reconoció el hecho como laboral? si es así a esa. O es que tu cliente nunca denunció el hecho a la ART? En este caso, si podés pobrar la relación de la incapacidad con el trabajo, citaría a todas las ART. Esperá mas opiniones, soy novata!
 #988920  por LAUBOG
 
Si MORGAN, la cuestión acá es que aparentemente no sabe a que ART atribuírle la obligación de indemnizar... por eso opino que citar a las 3 y que entre ellas se arreglen. Aunque si fue un accidente es más facil determinarlo: fecha en que ocurrió y averiguar que ART estaba contratada en esa fecha. Pero si eso no pudiera determinarse, porq por ejemplo es una enfermedad y no es posible determinar exactamente en que fecha comenzó a gestarse y tampoco hizo la denuncia, etc, yo citaría a las ART del empleador. En este caso, fue despedida, así que también al empleador. Después, que entre ellas repitan lo pagado.
Todo se simplifica si es que hizo la denuncia en una ART y esta le atendió el caso. No estás de acuerdo?
 #988975  por draCATALINA
 
graciassss...a todos los que opinaron...

el art. 47 LRT es claro...gracias morgan....con pocas palabras resolviste la cuestion...

voy a reclamarle a la ultima art...

gracias.
besitos