Hola, tengo un cliente que está registrado bajo la categoria "Vendedor D" dentro del convenio colectivo 130/75 (Empleados de comercio), ademas de un sueldo fijo cobra comisiones por venta las cuales algunas se liquidan en blanco y las otras en negro.
En el recibo de sueldo no figura el porcentaje de comisiones que cobra (1,5%) a pesar de que se exige por art 140 inc. c LCT. Este porcentaje esta pactado de forma verbal entre empleado y empleador pero no se encuentra escrito en ningún lado..
Quisiera saber si hay un mínimo que deberían cobrar los vendedores por comisiones o si la jurisprudencia toma en cuenta un porcentaje mínimo a aplicar..
Otra consulta, hay alguna sanción por no cumplimentar con lo dispuesto en el art 140 LCT de enumerar el porcentaje de la comision en el recibo de sueldo??
Gracias!!
En el recibo de sueldo no figura el porcentaje de comisiones que cobra (1,5%) a pesar de que se exige por art 140 inc. c LCT. Este porcentaje esta pactado de forma verbal entre empleado y empleador pero no se encuentra escrito en ningún lado..
Quisiera saber si hay un mínimo que deberían cobrar los vendedores por comisiones o si la jurisprudencia toma en cuenta un porcentaje mínimo a aplicar..
Otra consulta, hay alguna sanción por no cumplimentar con lo dispuesto en el art 140 LCT de enumerar el porcentaje de la comision en el recibo de sueldo??
Gracias!!