Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ACERVO HEREDITARIO - EMBARGO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #990159  por vrj
 
Hola, tengo una sucesión en la cual el único bien del acervo es un terreno en Necochea. Cuando pido el informe de dominio (no tiene la escritura y se debe pedir el segundo testimonio) me aparecen distintos asientos de embargos...de 1993, de 1994, de 1996 el último. Me quiero fijar el estado de los exptes. pero son juzgados 31, 70 y 18 sec única (comerciales de la capital federal) los cuales no encuentro en el pjn...

Como hago para solicitar el levantamiento de la medida?? para saber el estado y que paso con esos embargos?
La idea de mi clienta es vender...Gracias!!!
 #990324  por abogado1987
 
vrj escribió:Hola, tengo una sucesión en la cual el único bien del acervo es un terreno en Necochea. Cuando pido el informe de dominio (no tiene la escritura y se debe pedir el segundo testimonio) me aparecen distintos asientos de embargos...de 1993, de 1994, de 1996 el último. Me quiero fijar el estado de los exptes. pero son juzgados 31, 70 y 18 sec única (comerciales de la capital federal) los cuales no encuentro en el pjn...

Como hago para solicitar el levantamiento de la medida?? para saber el estado y que paso con esos embargos?
La idea de mi clienta es vender...Gracias!!!
¿son embargos vigentes? ¿reinscriptos?

ARTÍCULO 207°: ... Las inhibiciones y embargos se extinguirán a los 5 años de la fecha de su anotación en el Registro de la Propiedad, salvo que a petición de parte se reinscribieran antes del vencimiento del plazo, por orden del juez que entendió en el proceso.
CPCCBA
 #990340  por vrj
 
No, el ultimo dice: embargo definitivo en autos xxx, pero tiene fecha de 1996.-
Se que se extinguen a los 5 años si no se reinscriben, pero es normal que sigan figurando en el informe de dominio en la parte de gravámenes? no va a tener problemas si sigue apareciendo?? hay algún tramite en el RPI para que aparezca como extinguido?
 #990588  por abogado1987
 
vrj escribió:No, el ultimo dice: embargo definitivo en autos xxx, pero tiene fecha de 1996.-
Se que se extinguen a los 5 años si no se reinscriben, pero es normal que sigan figurando en el informe de dominio en la parte de gravámenes? no va a tener problemas si sigue apareciendo?? hay algún tramite en el RPI para que aparezca como extinguido?
sino están reinscriptos, la respuesta está normada en el
ARTÍCULO 207°: ... Las inhibiciones y embargos se extinguirán a los 5 años de la fecha de su anotación en el Registro de la Propiedad, salvo que a petición de parte se reinscribieran antes del vencimiento del plazo, por orden del juez que entendió en el proceso.
CPCCBA