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  • Consulta Mediación - Menor de edad

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 #990160  por carl05
 
Esimados foristas, recurro en ayuda, asus conocimientos:

El art. 4 de la Ley de Medicación Prejudicial Obligatoria de la provincia de Buenos Aires establece:
ARTICULO 4º: Quedan exceptuados de la Mediación:... 10. Las acciones promovidas por menores que requieran la intervención del Ministerio Público.

La consulta es:
1) si en un daños y perjuicios por lesiones a un menor en un accidente de tránsito (automotor que lo atropella), y el padre y la madre iniciarn acciones legales en representación de su hijo menor de edad, es necesario realizar la mediación, o se aplique el inc. 10 y es optativa???
2) si la excepción fuera aplicable al caso: para reclamar los padres el daño moral por derecho propio deben iniciar la mediación o quedan comprendidos en la excepción???

Saludos cordiales.
 #990729  por bogaolavarria
 
Hola en Pcia. de Bs. As. cuando hay intereses de menores que necesariamente deben ser representados por sus tutores legales -en este caso sus padres- no se realiza mediacion
saludos
 #991000  por carl05
 
Muchas gracias por la respuesta... alguien sabe si para el daño moral de los padres debo iniciar mediación, o como va con la acción principal del menor, no es necesario??