Colegas, recibí un cliente que estaba trabajando en negro, por lo que enviamos, el 16 de Septiembre, un 1º Telegrama solicitando se regularice situación laboral, etc.
El 19 y a la luz de no haber recibido respuesta, enviamos 2do telegrama donde mi cliente se da por despedido y exige indemnizaciones, etc.
Resulta que el ahora le dos C-D de su empleador, con fecha del 19 y 21 de Sept, donde en la segunda dice que no respetamos el plazo de 30 días del art. 11 Ley 24.013, etc.
Es decir, si yo omití otorgar ese plazo de 30 días, ya perdí el derecho de iniciar el juicio. Cómo remonto la situación? Gracias!!!!
El 19 y a la luz de no haber recibido respuesta, enviamos 2do telegrama donde mi cliente se da por despedido y exige indemnizaciones, etc.
Resulta que el ahora le dos C-D de su empleador, con fecha del 19 y 21 de Sept, donde en la segunda dice que no respetamos el plazo de 30 días del art. 11 Ley 24.013, etc.
Es decir, si yo omití otorgar ese plazo de 30 días, ya perdí el derecho de iniciar el juicio. Cómo remonto la situación? Gracias!!!!