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  • desalojo por vencimiento y falta de pago

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 #100291  por borshis
 
Holaaa...
consulta: contrato de locación, se vence el plazo para restituir y además adeudan alquileres. Inicio desalojo por vecimiento y falta de pago (ambas cosas) Si es así, debo previamente intimar por CD, tal lo que establece la Ley 23091, no??
Una vez obtenido el desalojo, inicio la ejecución de alquileres???
O inicio todo junto??? Obvio que en exptes separados, por un lado el desalojo y por el otro el cobro de alquileres...
Gracias por las respuestas...
 #100296  por andreis28
 
inicia las dos cosas al mismo tiempo, si falta tiempo para el vencimiento inicia ya por falta de pago, y de esta forma manda la carta documento intimando al pago, vencido el plazo inicias por esta causal.
No es condicion desalojar para iniciar el cobro, asi vas ahorrando tiempo y embargas lo que tengas que embargar urgente.
borshis escribió:Holaaa...
consulta: contrato de locación, se vence el plazo para restituir y además adeudan alquileres. Inicio desalojo por vecimiento y falta de pago (ambas cosas) Si es así, debo previamente intimar por CD, tal lo que establece la Ley 23091, no??
Una vez obtenido el desalojo, inicio la ejecución de alquileres???
O inicio todo junto??? Obvio que en exptes separados, por un lado el desalojo y por el otro el cobro de alquileres...
Gracias por las respuestas...
 #100310  por borshis
 
Ok...gracias...de todas formas ya está vencido el contrato y no lo restituyeron, así q inicio el desalojo y también el cobro.
Muchas gracias
andreis28 escribió:inicia las dos cosas al mismo tiempo, si falta tiempo para el vencimiento inicia ya por falta de pago, y de esta forma manda la carta documento intimando al pago, vencido el plazo inicias por esta causal.
No es condicion desalojar para iniciar el cobro, asi vas ahorrando tiempo y embargas lo que tengas que embargar urgente.
borshis escribió:Holaaa...
consulta: contrato de locación, se vence el plazo para restituir y además adeudan alquileres. Inicio desalojo por vecimiento y falta de pago (ambas cosas) Si es así, debo previamente intimar por CD, tal lo que establece la Ley 23091, no??
Una vez obtenido el desalojo, inicio la ejecución de alquileres???
O inicio todo junto??? Obvio que en exptes separados, por un lado el desalojo y por el otro el cobro de alquileres...
Gracias por las respuestas...

 #100322  por Dr. 8
 
Es conveniente iniciar el desalojo por la causal de vencimiento del contrato, el monto de la Tasa de Justicia es mucho menor y el efecto es el mismo.

 #100331  por andreis28
 
tenes razon, en su caso es lo mismo y mas barato, cuanto es la tasa de justicia en desalojo por vencimiento de contrato?
Dr. 8 escribió:Es conveniente iniciar el desalojo por la causal de vencimiento del contrato, el monto de la Tasa de Justicia es mucho menor y el efecto es el mismo.

 #100356  por Sailaw
 
el 3 % sobre el monto de 6 meses de alquileres. (en Capital Federal)