Hola, tengo una Sucesion Ab INtestato que tramita en pcia. de Bs.As., el causante era unico titular de una Caja de Seguridad.
Los herederos desean mantenerla, cambiando la titularidad a su nombre, para ello: ¿deben pagar la tasa de justicia como por cualquier otro bien (2,2%)?
En el Codigo Fiscal no encuentro que este especificamente detallada, y el problema es que desconocen el contenido.
Habra forma de que no se pague tasa??
Los herederos desean mantenerla, cambiando la titularidad a su nombre, para ello: ¿deben pagar la tasa de justicia como por cualquier otro bien (2,2%)?
En el Codigo Fiscal no encuentro que este especificamente detallada, y el problema es que desconocen el contenido.
Habra forma de que no se pague tasa??

