Estimados, estoy hace poco empezando con mis primeros juicios ejecutivos y quiero evitar alguna metida de patas, por lo que acudo a la experiencia de los miembros de este excelente foro.
El problema que se me presenta es el siguiente: tengo un cliente que me vino con un cheque el cual le ha sido rechazado manifestando la entidad girada "Fuerza Mayor" como motivo del rechazo.
En dicho supuesto, ¿quedaría ya expedita la vía ejecutiva del art 38 de la ley de cheques? ¿Es necesario realizar algún trámite previo (como acreditar algo) o puedo iniciar directamente demanda ejecutiva contra el librador por el simple rechazo del mismo?
Desde ya muchas gracias a todos
El problema que se me presenta es el siguiente: tengo un cliente que me vino con un cheque el cual le ha sido rechazado manifestando la entidad girada "Fuerza Mayor" como motivo del rechazo.
En dicho supuesto, ¿quedaría ya expedita la vía ejecutiva del art 38 de la ley de cheques? ¿Es necesario realizar algún trámite previo (como acreditar algo) o puedo iniciar directamente demanda ejecutiva contra el librador por el simple rechazo del mismo?
Desde ya muchas gracias a todos
