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  • SUSPENSION COMUNICADA VERBALMENTE! cómo proceder?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #993038  por CelesteCba
 
Hola estimados colegas.
Estoy con una duda, y quisiera que algún laboralista me oriente.
A mi cliente la suspenden por un día, por no hacer una actividad, que no se hacia en le oficina en que ella trabajaba (más precisamente, cargar clientes en el Seven, sin instrucciones previas, y siendo que de ello, se encargaban en otra sucursal)
Se lo comunican verbalmente, le hacen firmar un papel (donde ellos dejaban constancia de la suspensión, pero se negaron a entregarle copia, no obstante ella lo firmó).
Cumple con el día de suspensión, y pide explicaciones vía e-mail, el cual es respondido por la gerente gral. manifestando lo que les comenté arriba.
Entiendo que tengo que solicitar que remitan copia de la suspensión, y de los motivos que invocan, (en los términos del 218 LCT) a los fines de ejercer dcho. defensa (y tener un justificativo de por qué no asitió a trabajar ese día)
Y luego de ello, impugnar la suspensión, para que al menos no quede consentida.
Todo ello, para tener preparada una defensa en un posible - o inminente - despido.
Está bien? Algún consejo, opinión, crítica?
Entiendo que para algunos puede ser muy básico, pero me recibí hace un año, y es el primer laboral que voy a llevar sola, y prefiero preguntar una obviedad, antes de cometer un error y perjudicar a mi cliente.
Desde ya, muchas gracias!!
 #993173  por Arbeiter
 
Hola Celeste!! En el derecho casi no hay obviedades, y partiendo de ahí te doy MI opinión.

Si la suspensión fué verbal yo haría lo siguiente: (recordá que tenés 30 días para impugnar la suspensión) esperá a que transcurra un tiempo si podés, es decir unos 20 días desde que le comunicaron la sanción, entónces ahí enviá un TCL rechazando e impugnando la sanción por los motivos que consideres (falsa, excesiva, temerosa, ardidosa, carente de sustento fáctico y etc etc etc) y principalmente por no estar fundada en justa causa, asi al menos obligás a que te respondan con la causa por la que lo suspendieron.
Lo de esperar los 20 días yo lo haría porque si fue hace muy poco probablemente te respondan que no existió sanción y que tu cliente faltó injustificadamente y ahí lo vuelvan a sancionar. En cambio si transcurren unos 20 días ya no tendrían sustento para sancionarlo, pues debieron hacerlo antes siendo imposible que el empleador tarde 20 dias en notar que un empleado falto...
 #997587  por CelesteCba
 
Arbeirter!!
Mil disculpas por la demora en responder, recién veo tu respuesta.
Intimé a que remitan copia de la suspensión, con los respectivos fundamentos, a los fines de ejercer derecho de defensa.
No obstante lo cual, a mi cliente evidentemente le pegaron un tirón de orejas, porque no apareció más, asique no se que pasó finalmente.
De todos modos, excelente tu aporte. Lo voy a tener en cuenta para a próxima vez.
Bien pensado lo de dejar pasar 20 días!
Muchisimas gracias!!
Saludos!