Hola Gente!! Estoy bastante consternada porque me acabo de enterar del fallecimiento de una cliente a la cual le estaba llevando un juicio laboral.
Mi cliente era una persona muy joven, madre de un bebe de 6 meses; se que no es de buen profesional involucrarse pero realmente quedé shokeada.
Mi pregunta es la siguiente:
En el juicio laboral ,que tramita en Capital, que le estoy llevando recien estoy con el traslado de demanda. (era su apoderada)
Entiendo que debo manifestar y hacer saber del fallecimiento al Juzgado, quiero presentar este escrito lo más pronto posible, el tema es que no tengo la partida de defunción, se la solicité a la familia pero estan tan mal que supongo que demoraran en hacermela llegar (ademas hay todo un tema con una autopsia sumado a los feriados de la ciudad).
Me hará lugar el juzgado si solicito que oficie al Registro para que envíen la partida de defunción?
Mi duda me surge porque me pregunto en que carácter me presento yo. (ya no puedo ser su abogada patrocinante ni su apoderada).
Por otra parte, les cuento que el único heredero es el bebe de 6 meses , y he aquí mi otra duda tengo que abrir sucesión para obtener declaratoria de herederos o con solo la acreditación del vínculo tiene derecho a presentarse en juicio (obviamente representado por su otro progenitor que no era el cónyuge de mi clienta fallecida) y continuar la acción. (como en el caso del art. 248).
Les confieso que es la primera vez que se muere un cliente siendo actor me paso hace muchos años que falleció una clienta siendo demandada, en este caso supongo que por los disgustos que le dieron sus hijos quienes la habian endeudado de una manera escandalosa.
Gracias a todos los que me puedan aportar alguna idea, mientras tanto voy a seguir leyendo jurisprudencia.
Mi cliente era una persona muy joven, madre de un bebe de 6 meses; se que no es de buen profesional involucrarse pero realmente quedé shokeada.
Mi pregunta es la siguiente:
En el juicio laboral ,que tramita en Capital, que le estoy llevando recien estoy con el traslado de demanda. (era su apoderada)
Entiendo que debo manifestar y hacer saber del fallecimiento al Juzgado, quiero presentar este escrito lo más pronto posible, el tema es que no tengo la partida de defunción, se la solicité a la familia pero estan tan mal que supongo que demoraran en hacermela llegar (ademas hay todo un tema con una autopsia sumado a los feriados de la ciudad).
Me hará lugar el juzgado si solicito que oficie al Registro para que envíen la partida de defunción?
Mi duda me surge porque me pregunto en que carácter me presento yo. (ya no puedo ser su abogada patrocinante ni su apoderada).
Por otra parte, les cuento que el único heredero es el bebe de 6 meses , y he aquí mi otra duda tengo que abrir sucesión para obtener declaratoria de herederos o con solo la acreditación del vínculo tiene derecho a presentarse en juicio (obviamente representado por su otro progenitor que no era el cónyuge de mi clienta fallecida) y continuar la acción. (como en el caso del art. 248).
Les confieso que es la primera vez que se muere un cliente siendo actor me paso hace muchos años que falleció una clienta siendo demandada, en este caso supongo que por los disgustos que le dieron sus hijos quienes la habian endeudado de una manera escandalosa.
Gracias a todos los que me puedan aportar alguna idea, mientras tanto voy a seguir leyendo jurisprudencia.
PAIDEIA
C.A.B.A.
C.A.B.A.