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  • Nulidad contrato entre cónyuges. Legitimación activa?

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 #994033  por csr79
 
Estimados: tengo que iniciar juicio por nulidad de boleto de compraventa basado en lesión subjetiva-objetiva en la cual estimo se dan los supuestos necesarios para su procedencia (mujer esquizofrénica, golpeada, vende una propiedad a su esposo estando separados de hecho, por una suma irrisoria de menos del 20% del valor del bien).
Ahora bien, además quiero introducir el tema de la nulidad del boleto por el hecho de ser cónyuges, pero me encuentro con la dificultad de que la nulidad no puede ser alegada por la parte que suscribió el acto. Como consideran que se puede abordar la cuestión? Gracias!
 #994111  por andresxeneizes
 
yo entiendo que la lesion subjetiva, lo cual provoca la nulidad del acto juridico y la nulidad del boleto o escritura son dos cosas distintas, que tienen el mismo efecto.

la lesion subjetiva se refiere al pleno consentimiento, precio justo entre otras cosas y el efecto de ello es la nulidad del acto juridico

si la escritura esta bien hecha, yo creo que no hay nulidad del instrumento publico

sino que lo que hay que pedir es la lesion subjetiva por los fundamentos que alegas, y en virtud de ello pedir que se declare nulo el acto juridico
 #994119  por csr79
 
gracias Andrés por tu respuesta. Tal vez no fui lo suficientemente explícito. No hubo escritura, sólo boleto de compraventa. Coincido con vos en que son dos temas distintos con el mismo efecto, pero quisiera plantear los dos, por el simple hecho de que la lesión es mucho más compleja de probar. La nulidad del boleto por ser un acto prohibido expresamente entre esposos por el art. 1358 CC, resulta plenamente patente simplemente con comprobar la fecha del acto. Pero como mencionaba en la consulta, la nulidad no puede ser, en principio, alegada por los propios ejecutantes y por ello solicito la orientación. Que opinás?
 #994236  por JUSTINIANA
 
Los actos tienen que ser ejecutados con "discernimiento", "intención" y "libertad".-
Lee además temor reverencial art 940 CC, si bien éste último no es causa suficiente para anular el acto (temor reverencial: "mujer hacia el marido"), ayudará para que con los otros elementos puedas lograr l nulidad.-