Hola, les cuento un caso que tengo a ver qué opinan uds.
Empecé la semana pasada un intercambio telegráfico por la parte trabajadora, contra dos personas. Primero, dado que no sabía bien cuál era la relación entre ellos, los notifiqué como sociedad de hecho para ver qué contestaban. Contestó uno de los dos.
Pero ahora, por datos que me pasó una persona, descubrí que la otra persona (la q no contestó) en realidad usa un nombre que no es el suyo, como "apodo" o "nombre artístico" y hasta aparece en páginas de internet con ese nombre (yo antes de enviar el telegrama investigué y aparecia esa persona con el nombre trucho como responsable o cara visible del lugar).
Qué hago? Todavía no remití la contestación, pero lo que pensaba era mandar dos cds distintas, una al que contestó, considerando despedido al trabajador porque el tipo negó la relación laboral y además poner que lo hago solidariamente responsable junto a xx, quien se hace llamar yy.
Y otra a xx, considerándolo notificado y responsable solidariamente por el despido, ya que la primera intimación llegó al lugar de trabajo.
Qué opinan uds.?
Empecé la semana pasada un intercambio telegráfico por la parte trabajadora, contra dos personas. Primero, dado que no sabía bien cuál era la relación entre ellos, los notifiqué como sociedad de hecho para ver qué contestaban. Contestó uno de los dos.
Pero ahora, por datos que me pasó una persona, descubrí que la otra persona (la q no contestó) en realidad usa un nombre que no es el suyo, como "apodo" o "nombre artístico" y hasta aparece en páginas de internet con ese nombre (yo antes de enviar el telegrama investigué y aparecia esa persona con el nombre trucho como responsable o cara visible del lugar).
Qué hago? Todavía no remití la contestación, pero lo que pensaba era mandar dos cds distintas, una al que contestó, considerando despedido al trabajador porque el tipo negó la relación laboral y además poner que lo hago solidariamente responsable junto a xx, quien se hace llamar yy.
Y otra a xx, considerándolo notificado y responsable solidariamente por el despido, ya que la primera intimación llegó al lugar de trabajo.
Qué opinan uds.?