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  • TELEGRAMA DE DESPIDO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #100847  por Estefi
 
Hola necesito ayuda URGENTE: Despidieron a un empleado por medio dee un telegrama que le llego ayer 04/02/2008 que dice " RATIFICO DEESPIDO VERBAL DEL DIA 31/01/2008", en realidad este hombre comenzo a trabajar el 28/01/2008 despues de sus vacaciones y le dijeron que regrese a su casa porque no habia trabajo y que lo iban a llamar si tenian algo, este hombre no fue mas y el Lunes le llego el telegrama, pero NUNCA HUBO UN DESPIDO VERBAL, adeemás creeo que no ees valido un despido verbal. Muchas Gracias.-

 #100859  por jirafales
 
es verdad. el despido verbal no resulta oponible al trabajador, pero al encontrarse ratificado mediante carta documento las formalidadesrequeridas por la LCT se encuentran cumplimentadas.

 #100878  por MORGAN
 
Que antiguedad tenía?. Está despedido con el telegrama y no es retroactivo a la fecha que dicen, es por evitar el pago de integración del mes de despido, quedate tranquila. Estaba en blanco?

 #100951  por Ishtar
 
Hola, coincido con Morgan la fecha de despido es el día que recibio el telegrama. Corresponde integración mes de despido.

 #101020  por DAL
 
Pero tenía seis días de antiguedad, siete, del 28 de enero de 2008 al 4 de febrero.
Que vacaciones????
Aca hay un error.
Lo cierto es que esta despedido a partir del 4 de febrero.

 #101068  por MORGAN
 
Dal entendí que en esa fecha volvió a trabajar después de sus vacaciones, igual está confusa la redacción.
 #101329  por Estefi
 
Respondo sus inquietudes a lo que yo preegunté:

Antiguedad: 7 meses
En blanco cobraba $700, en negro $800.

El tema es que el telegrama lo recibió el 4 de Febrero, o sea que cobra ese mes.

La pregunta es me conviene mandar algún telegrama contestando lo del tema del despido verbal que en realidad nunca existió? o espero que cobre (porque le comunicaron que tenia que pasar a cobrar) y despúes veo?.
Ah otra cosa el pertenece al gremio de la Construcción que esta regulado por ley especial, les paso el dato para que lo vean desde ese punto.
Gracias.-

 #101336  por MORGAN
 
Calro es casi seguro que necesita el dinero tu cliente dejá que cobre lo que pueda y después lo intimás plazo 48 hs. haga entrega de libreta de fondo de cese laboral bajo apercibimiento de reclamar las multas del art. 18 de la ley 22250, etc.