Buenas noches estimados colegas, la consulta que tengo a ver si alguien me puede dar una mano es la siguiente, tengo a un trabajador despedido que prestaba servicios para un centro de recreacion de UPCN seccion pcia de bs as, lo tenian en negro, tengo firmada una circular por parte del Secretario administrativo de Upcn donde le informa al resto del personal de ese centro de recreacion que este trabajador comenzara a prestar servicios de coordinaciòn, la pregunta es la siguiente: demando a UPCN y al Secretario administrativo,(que es quien lo contrato) solidariamente o solamente a UPCN?, y teniendo en cuenta que demando a UPCN, cuando ofrezco la prueba informativa pido que se libre oficio dònde para acreditar la personalidad jdca de UPCN? y al caso tb constatar quien es el secret administrativo? a mi se me ocurriò hacerlo al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ya que por la ley de sindicatos dice que es quien debe registrarlos, està bien? aunque el caso tramite en pcia de bs as o se les ocurre otra cosa?, en cuanto a los oficios a AFIP Y ANSES, por el tema de comprobar que el trabajador no fue dado de alta y que no registraron la relacion laboral, menciono solamente a UPCN o al secret administrativo? y ademas se me ocurre que tb tengo que mandar oficio a la municipalidad para probar que el camping de upcn ese donde trabajaba estaba habilitado? o a otro lugar? Se que a lo mejor alguna de las preguntas suena tonta pero francamente nunca he tenido como empleadora a una asociacion sindical, y estoy mas acostumbrada de ultima a que la empleadora sea una persona fisica o una sociedad, pero una asociacion sindical! me genero muchas dudas, si alguien que tenga experiencia en el tema me puede dar una mano le estare muy agradecida! besos!
Nicole Gonzalez Beamonte
Nicole Gonzalez Beamonte