Estimados especialistas, una consulta a quien crea puede ayudarme. El caso que se me presenta es el siguiente, en un juicio de apremios, el juez le concede al estado de la Pcia de Bs. As. la inhibición de la demandada. Los abogados que llevan adelante el juicio, presentan el Oficio en el registro de la Propiedad Automotor y en la confección en el apellido de la persona inhibida equivocan una "N" en lugar de la "M", esto motiva que mi cliente, quien coincide su apellido con la equivocación al confeccionar el oficio se le embargue un auto de su propiedad. Esta vende el automóvil y la transferencia queda observada debido a la inhibición que tiene la Sra. Al hacerme la consulta por el desconocimiento de algún juicio en su contra, veo los datos de la anotación en el legajo del automotor y aparece este juicio de apremios de su homónima del cual ella no tiene nada que ver. Al consultar en el Jgdo. Contencioso Administrativo (Morón) me dicen que la causa esta paralizada y que tardan 2 meses en ponerlo en letra, pero al cotejar con la mesa de entrada, los datos, se detecta este error en la confección del oficio por parte de los abogados del Fisco. Mi pregunta es la siguiente, ya que me dedico al derecho civil, ¿Camina el Daños y Perjuicios, contra el Estado, por la mala inscripción? Mi cliente perdió la venta, tuvo que devolver el doble de la plata recibida y mientras no pueda levantar la inhibición, pierde la chance de vender el auto y ese dinero lo esta necesitando para un tratamiento médico, ya que es una persona mayor (72 años). Gracias y espero entiendan la consulta y puedan acercarme sugerencias.