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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #996960  por dagaboasol
 
Hola chicos!

Si bien la ley de sociedades comerciales tiene por validas todas las notificaciones efectuadas a la sede social de la sociedad, pero no es obligatorio hacer las notificaciones allí.
No es así??

Puedo hacer notificar la demanda en el domicilio fiscal de la S.A??

Tuve viendo que no es valido el domic. fiscal?? Es así?? Me voy a comer una nulidad??

A mi se me va a complicar xq el fiscal me queda aca, y el social en Pcia.

Gracias!
 #996969  por adessoma
 
Es nula toda notificación judicial que no sea practicada al domicilio que la S.A. tenga constituido en la IGJ, por lo que te vas a comer un incidente de nulidad y sus costas.
 #996972  por dagaboasol
 
Gracias Adrian, x eso, para no comerme la nulidad.

Supongo que el domicilio que figura tanto en el boletin oficial como en nosis, como domicilio social, estará bien.

O tengo que pedir si o si el oficio a IGJ para confirmar?
 #996974  por dagaboasol
 
...para no me asustes...

Nula la notificación judicial, un seclo x Exemplo, no, no?
 #996975  por dagaboasol
 
...si previamente antes del traslado pido se libre oficio a la IGJ, entonces!

Gracias Adrian!
 #996976  por dagaboasol
 
...sory x la gansada! El que figura en el boletin oficial es válido, o sea no tengo que pedir ningún oficio a la igj. Me puse nerviosa y ansiosa, (la excusa de la gansada).

Gracias totales!
 #996979  por adessoma
 
No, el domicilio que figura en Nosis no necesariamente es el que tiene registrado la IGJ, es un indicio y de hecho yo lo uso. Pero el domicilio válido es de la IGJ. Tené en cuenta que el domicilio social en Nosis puede no estar actualizado.
 #996996  por andresxeneizes
 
dagaboasol escribió:Hola chicos!

Si bien la ley de sociedades comerciales tiene por validas todas las notificaciones efectuadas a la sede social de la sociedad, pero no es obligatorio hacer las notificaciones allí.
No es así??

Puedo hacer notificar la demanda en el domicilio fiscal de la S.A??

Tuve viendo que no es valido el domic. fiscal?? Es así?? Me voy a comer una nulidad??

A mi se me va a complicar xq el fiscal me queda aca, y el social en Pcia.

Gracias!
el 32 de la lo dice al real (que es donde trabajaba el empleado), no siempre ese coincide con el social.
si notificas al social, igual esta bien notificado.
pero el fiscal puede ser un domicilio distinto al real y al social y si es asi como dice el colega la nulidad de notificacion prosperar.
tambien puede pasar que el fiscal sea el mismo que el social o el real y zafes, pero seria de chiripa
 #997008  por eltam88
 
COINCIDO CON QUIENES ME PRECEDEN, PERO COMO TE DICE ANDRES, SI TENÉS EL DEL LUGAR DE TRABAJO ALLÍ LO ENVIARÍA.