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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #997252  por Martinfiberman
 
Colegas: Tengo que intimar por trabajo en negro de EMPLEADA DOMESTICA. Trabajaba entre 4 y 10 hs semanales. No hago personal domestico, pero esta es una excepción. Me perdí un poco en las modificaciones que hubo este año. Como intimo y que normas se invoco? Estatudo 326/1956 y decreto 7979/1956 ? Tengo entendido que de acuerdo a la cantidad de horas que trabaja se aplicaria la 20.744, que en principio las excluye. Es asi?
Gracias.
 #997397  por MJG
 
Hola, la respuesta la tenes en la ley 26.844, es la nueva ley de servicio doméstico, el decreto ya no se aplica mas, tampoco la lct. El telegrama es el mismo que cualquier relación laboral sin registrar, pero aplicando esta ley. Saludos
 #999267  por ceci81
 
hola colega!!
escribo en este titulo, porque se relaciona con la pregunta que tengo para hacer.
Me llega una Sra. que trabajo como servicios domestico, y que la relación se extinguió en marzo
de este año.
que la empleadora le prometió que le iba a pagar las indemnizaciones y que hasta la fecha, no hay noticias.
MI inquietud, es la siguiente, en marzo todavia estaba vigente el decreto de servicio domestico, y me trae
telegramas y cartas documentos de esa fecha.
Ahora bien, evaluando la situacion que hago en la demanda????
lo hago por la nueva ley, por el decreto, o por el decreto y pido la inconstitucionalidad y que se aplique la ley??¿¿
ayuda!!!
 #1001466  por Martinfiberman
 
Gracias por sus respuestas! Ahora pregunto: el telegrama es el mismo que en cualquier relacion en negro, pero se invoca la 24.013 y la 25.323 tambien? Es decir, tambien se aplican estas multas?
 #1001544  por MJG
 
No se aplican esas multas, intimas por el art. 50 de la ley 26.844 solamente.
 #1008518  por wooten
 
Al no citar la Ley 24013 no hace falta notificar a la AFIP.
 #1013016  por abogaditis
 
Hola: después de la sanción de la Ley 26844 es la primer intimación que me llega. La Sra. tiene 19 años trabajando, 4 veces por semana, 5 hs. por día, su empleadora tiene 94 años ya.
La intimación por lo que estuve estudiando es la misma que para cualquier trabajador, pero en el momento de reclamar, la liquidación se hace por la ley verdad? ya que el despido se produce con la vigencia de la ley, no?
Y por otro lado ya que la sra. es de avanzada edad, me convendría mejor intimar a la hija como empleadora?
Por ultimo si alguien tuviera un modelo de intimación con la nueva ley , agradecería.
Gracias.
 #1013027  por abogaditis
 
Y TAMBIEN TENGO ESTA DUDA: MI CLIENTA HIZOLA JUBILACION POR MORATORIA EN EL 2006, ESTO LE JUGARIA EN CONTRA, VERDAD?
 #1024338  por rominasrodriguez
 
HOLA SI LES SIRVE DE ALGO LES PASO EL MODELO QUE ENVIO YO PARA ESTOS CASOS! AGUARDO COMENTARIOS, MUCHAS GRACIAS Y ESPERO SIRVA DE AYUDA!!!
Ante su NEGATIVA DE TAREAS, INTIMOLE , para que dentro del plazo perentorio de 24 HORAS ACLAREN MI SITUACION LABORAL por igual medio fehaciente, bajo apercibimiento legal - Asimismo y habiendo hecho caso omiso a mis incontables reclamos verbales, INTIMOLE para que dentro del plazo plazo legal regularice mi situación laboral procediendo a su registro en debida forma, en los términos y bajo el apercibimiento contenido en la ley Nº 26.844, entregándome los correspondientes recibos duplicados de sueldo en doble ejemplar según requisitos exigidos por ley y consignando en los mismos los verdaderos datos, establezca la real fecha de ingreso y el verdadero monto remuneratorio, para lo cual denuncio mi real fecha de ingreso: 1 DE ABRIL DE 2011 y mi verdadero sueldo mensual: PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2.500,00), mi categoría laboral: EMPLEADA DOMESTICA, mi horario de trabajo: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES DE 08:00 A 17:00 hs. , siendo mis tareas: limpieza en general, lavado y planchado de ropa. Asimismo, dentro del plazo precedentemente otorgado acredite aportes previsionales, sociales desde mi ingreso a la fecha. Todo ello bajo apercibimiento de considerarme INJURIADA Y DESPEDIDA vuestra exclusiva culpa haciendo efectivas las sanciones establecidas en los arts 48 y 50 de la Ley 26.844 y haciéndome acreedora de las indemnizaciones de ley qué por derecho me asisten.- AMPLIA RESERVA DE DERECHOS.- A todo evento pongo a su disposición los datos de mi letrada patrocinante, Dra.XXXXXXXXX, Tel: XXXXXXXXX(Marts y Jueves de 15:00 a 19:00 hs) y Cel: XXXXXXXXXX (de L a V de 15:00 a 19:00 hs) quien se encuentra expresamente facultada para representarme en la presente cuestión.
QUEDA UD. LEGAL DEBIDAMENTE INTIMADA Y NOTIFICADA.-
 #1060582  por drjuancarlos
 
Hola colegas como están?, les pido sugerencias, me llegó una sra. que trabajó un año en servicio doméstico (5hs. de lunes a viernes tareas generales de limpieza, planchaba, cocinaba, etc. y también hacia de niñera cuidando e una niña de 4 años, la llevaba y retiraba del jardín).
a fines de mayo dejo de trabajar porque se lesionó la columna y la patrona le dijo que así no le servia. Ahora me vino a ver porque quiere reclamar por el año que estuvo en negro.
Mi duda, veo que todos reclaman aclare situación laboral y el resto del telegrama. Ahora, esta sra. hace casi 4 meses que la despidieron (obvio verbalmente xq estaba en negro). Cómo empiezo entonces el telegrama??? pongo algo como : debido a encontrarme suspendida verbalmente por usted hasta que me vuelva a llamar y teniendo presente el tiempo transcurrido, solicito aclare situación laboral y ... (el resto del telegrama).

o es mucho el tiempo que paso? y en ese caso como encaro el reclamo por el año en negro?
Espero alguna sugerencia. Saludos y Gracias!
 #1060687  por IVANNAOC
 
Hola, respecto del texto del modelo de telegrama del post anterior, disiento con el plazo de la intimación de 24 horas, por el art 1 de la ley 26844, el plazo debe ser DOS (2) DIAS HABILES. Lo demas, me parece bien, si corresponde.
 #1060693  por IVANNAOC
 
A drjuancarlos: Hola. No creo que funcione lo de poner en el texto del telegrama ... 4 meses suspendida, aclare... etc etc, porque una suspension por 4 meses? No va.

Yo no le pondría nada de eso, solo ANTE NEGATIVA DE TRABAJO ACLARE SITUACIÓN LABORAL Y DEMÁS... Asi podes reclamar el art 50 por estar en negro. Total como primero tenes que si o si antes de demandar ir al tribunal domestico, ahi podes arreglar lo de esa ausencia por 4 meses, aparte tampoco la intimo a presentarse para configurar el abandono de trabajo.

Te pego el que uso yo:
QUIEN SUSCRIBE J..............., DNI N°............ con domicilio en ............, se dirige Ud. a tales efectos: Que como es de vuestro conocimiento, trabajo para Uds. señores ................. en relación de dependencia jurídico, técnica, económica desde el mes de Diciembre de 2013, cumpliendo principalmente tareas de CASERO esto es la limpieza, cuidado general y preservación, cortar y regar el pasto de la casa quinta de su propiedad sito en calle ....................., bajo la categoría 3era Ley 26.844 , los días de lunes a viernes, y en el horario de corrido de 8 a 15 horas, recibiendo como salario en mano la suma de Pesos $ 1.500 por el mes de Enero 2014, adeudándome los meses de Febrero, Marzo y Abril, y una casa de su propiedad sito en .............. donde vivo con mi familia, esposa y 5 hijos. Destaco como es de vuestro conocimiento que sólo dependo de este trabajo, no cuento con otro y además, éste que describo insume todo mi tiempo. Que ante la falta de provisión de los implementos necesarios para ejecutar mi tarea habitual y habiendo contratado otro empleado en la quinta que tiene igual funciones e iguales tareas, INTIMO EN EL PERENTORIO PLAZO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES A ACLARAR SITUACIÓN LABORAL bajo apercibimiento de considerarme en situación de despido por su exclusiva culpa.- INTIMOLE ADEMAS PARA QUE DENTRO DEL PLAZO LEGAL REGULARICE MI SITUACIÓN LABORAL procediendo a su registro en debida forma conf. Arts. 16, 17 y cc Ley 26.844, en los términos y bajo el apercibimiento contenido en el art 50 y 58 ibídem, entregándome los correspondientes recibos duplicados de sueldo en doble ejemplar según requisitos exigidos por ley arts 20, 21 y ccs, y consignando en los mismos los verdaderos datos, establezca la real fecha de ingreso y el verdadero monto remuneratorio, para lo cual denuncio mi real fecha de ingreso: 1 DE DICIEMBRE DE 2013 y la real remuneración mensual que debí percibir es decir $ 3.580.-, Res. 886/13 del MTEySS, y mi real categoría laboral: CASERO cat 3 Ley 26.844, mi horario de trabajo: LUNES a VIERNES DE 08:00 A 15:00 hs., siendo mis tareas: limpieza, cuidado general y preservación, cortar y regar el pasto de la casa quinta de su propiedad en el domicilio denunciado, y la libreta legal. ASIMISMO, DENTRO DEL PLAZO PRECEDENTEMENTE OTORGADO ACREDITE APORTES PREVISIONALES, SOCIALES DESDE MI INGRESO A LA FECHA. Todo ello bajo apercibimiento de considerarme INJURIADO Y DESPEDIDO por vuestra exclusiva culpa haciendo efectivas las sanciones establecidas en los arts. 48 y 50 de la Ley 26.844 y haciéndome acreedor de las indemnizaciones de ley que por derecho me asisten.- Hago reserva de denunciar en los términos del art. 147 de la ley 24.241 a los fines se investigue la posible comisión de los Delitos Tipificados en el Título II de la ley 24.769 “Régimen Penal Tributario”, “Delitos Relativos a los Recursos de la Seguridad Social arts. 7 y 8 “Evasión Simple y Evasión Agravada” y en el Título V, Capítulo I de la ley 24.241 “Delitos Contra la Integración de los Fondos de SIJP. INTIMOLE ADEMÁS PARA QUE EN EL TÉRMINO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES ME ABONE LA DIFERENCIA DE LOS HABERES ADEUDADOS correspondientes al período de prescripción, YA QUE PERCIBÍ EN MANO la suma de $ 1.500.- y me correspondía percibir $ 3.580.- como así también los aportes previsionales por el período trabajado atento el carácter asistencial y alimentario que revisten los mismos, con más los intereses legales correspondientes, todo bajo apercibimiento de considerarme despedido por exclusiva culpa patronal e iniciar las acciones judiciales que por derecho correspondan. E INTIMO ADEMAS EN EL TERMINO PERENTORIO DE DOS DIAS HABILES AL PAGO DE LOS SALARIOS QUE ME ADEUDA correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril 2014 vencidos en exceso del plazo legal conf. art 19 LSDM, bajo apercibimiento de considerarme en situación de despido por su exclusiva culpa ya que la mora en el pago de los salarios es automática y no puede ser excusada, por la naturaleza alimentaria de los mismos y por constituir tal incumplimiento reiterado injuria laboral por la mala fe en el cumplimiento del contrato de trabajo.- A todo evento pongo a su disposición los datos de mi apoderada, Dra. ............., Tel: .........., quien se encuentra expresamente facultada para representarme en la presente cuestión.- QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO, INTIMADO Y CONSTITUIDO EN MORA.-