Colegas .. una consulta, se me venció el plazo para contestar el traslado del art 29 ley 11653, por un inconveniente con la contestación de demanda ( otro estudio la tomo "sin querer" del portal de edificio).
Es decir la contestacion llego a mis manos ya con el plazo vencido para contestar el segundo traslado.
que pasa en estos casos?? entiendo que contestarlo ahora no tiene sentido, me van a decir que es extemporaneo. AYUDA !!! que harian ?? pido directamente que se trabe la litis y fijen fecha de audiencia conciliatoria ??? estoy en pcia BS. AS
Es decir la contestacion llego a mis manos ya con el plazo vencido para contestar el segundo traslado.
que pasa en estos casos?? entiendo que contestarlo ahora no tiene sentido, me van a decir que es extemporaneo. AYUDA !!! que harian ?? pido directamente que se trabe la litis y fijen fecha de audiencia conciliatoria ??? estoy en pcia BS. AS