Hola a todos , un saludo , haber si podemos tener alguna luz a efectos tributario de lo siguiente:
El año 1972 Dª Adela casada con Dº Jose compra una vivienda en régimen gananciales por 280.000 pesetas. En el año 83 fallece Adela y en el año 1990 fallece Jose. La hija de este matrimonio, Ines, vende esta vivienda a Dª Paca, en un contrato privado, no hacen nada mas, por lo que dicha vivienda al día de hoy 2013 sigue a nombre de Dª Adela. Hace dos meses que ha fallecido Dª Paca y sus herederos pretenden vender la vivienda, por un precio aproximado de 60.000 euros .
Preguntas:
¿A que tributos esta obligada a pagar Dª Ines ?
¿ sI Dª Ines, una vez fallecido sus padres, no hizo la declaración fiscal correspondiente a esta herencia , y Hacienda Publica no le reclamo tal tributo , habría prescrito la acción por aquel tributo por herencia al día de hoy Noviembre de 2013?
¿ A que tributo esto obligado a pagar los herederos de Dª Paca.?
Gracias un saludo
El año 1972 Dª Adela casada con Dº Jose compra una vivienda en régimen gananciales por 280.000 pesetas. En el año 83 fallece Adela y en el año 1990 fallece Jose. La hija de este matrimonio, Ines, vende esta vivienda a Dª Paca, en un contrato privado, no hacen nada mas, por lo que dicha vivienda al día de hoy 2013 sigue a nombre de Dª Adela. Hace dos meses que ha fallecido Dª Paca y sus herederos pretenden vender la vivienda, por un precio aproximado de 60.000 euros .
Preguntas:
¿A que tributos esta obligada a pagar Dª Ines ?
¿ sI Dª Ines, una vez fallecido sus padres, no hizo la declaración fiscal correspondiente a esta herencia , y Hacienda Publica no le reclamo tal tributo , habría prescrito la acción por aquel tributo por herencia al día de hoy Noviembre de 2013?
¿ A que tributo esto obligado a pagar los herederos de Dª Paca.?
Gracias un saludo