Me consulta un cliente en Prov. Bs.As.
Sufre una enfermedad inculpable, se está por vencer el año de conservación del empleo (art 211 LCT). La empleadora manifiesta que según su propia medicina laboral, no está en condiciones de cumplir ninguna tarea.
Pregunto: De acuerdo al art 212 LCT cuarto párrafo ¿Corresponde la indemnización del 245? O me olvido de algo.
Gracias por los comentarios
Sufre una enfermedad inculpable, se está por vencer el año de conservación del empleo (art 211 LCT). La empleadora manifiesta que según su propia medicina laboral, no está en condiciones de cumplir ninguna tarea.
Pregunto: De acuerdo al art 212 LCT cuarto párrafo ¿Corresponde la indemnización del 245? O me olvido de algo.
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