Buenas tardes colegas, haciendo la liquidacion laboral por despido de sdm, me surge duda: el trabajo es clandestino, entonces solicito la indemnizacin del art. 50 de dicha ley, y tambien puedo pedir los salarios adeudados por periodo no prescripto? es decir son procedentes estos rubros o se excluyen? gracias
Justine