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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #101480  por MIGCAV
 
Hola: contestè una demanda laboral por despido, ahora parece que estoy por llegar a un acuerdo con la parte actora, todavía no se abrió la etapa a prueba. ¿La acotra para arreglar debe hacer un desistimiento no?¿Cómo sería?. Gracias.

 #102361  por sergiosky
 
si ya está todo arreglado redacta un escrito que diga "habiendo llegado a un acuerdo de partes, el actor desiste de la accion y del derecho, por lo que solicito se archiven las presentes actuaciones" con la firma del actor, su abogado y la firma del abogado del demandado.
 #103169  por Ishtar
 
MIGCAV escribió:Hola: contestè una demanda laboral por despido, ahora parece que estoy por llegar a un acuerdo con la parte actora, todavía no se abrió la etapa a prueba. ¿La acotra para arreglar debe hacer un desistimiento no?¿Cómo sería?. Gracias.
Hola, también se podria celebrar un acuerdo en el expediente.
 #103198  por barney
 
Ishtar escribió:
MIGCAV escribió:Hola: contestè una demanda laboral por despido, ahora parece que estoy por llegar a un acuerdo con la parte actora, todavía no se abrió la etapa a prueba. ¿La acotra para arreglar debe hacer un desistimiento no?¿Cómo sería?. Gracias.
Hola, también se podria celebrar un acuerdo en el expediente.
De acuerdo con Ishtar deberias hacer un convenio donde se exponen las condiciones del acuerdo, si desistis de la accion y el derecho rl actor va ser condenado en costas y le dan trasladoi a la contraparte. Y al ser materia de orden publico el juez podria no hacer lugar al desistimiento de la acciión y el derecho
 #103279  por MIGCAV
 
Si, la actora quiere desistir de la acción y del derecho ya que la idea sería hacer un acuerdo extrajudicial, y por lo tanto se le informó que las costas son a su cargo y no tuvo problemas en ese aspecto.

 #103737  por sergiosky
 
exacto, el tema de las costas se arreglan "estrajudicialmente" y luego se desiste de la accion y del derecho.

 #103739  por Sailaw
 
Ni se te ocurra desistir de la acción y el derecho, esto se hace con un acuerdo por presentación conjunta, solicitando la homologación.

Ojo con el desestimiento de la Acción y el derecho, porque implica asumir las costas, eso no se debe hacer nunca.
 #103998  por MIGCAV
 
Pero la que desiste de la acción y del derecho es la actora, lo va a instrumentar (el desisitimiento) la parte actora (yo estoy por la demandada), ya convenimos el tema honorarios. ¿Vos decís que no conviene hacerlo así?

 #104279  por Dr. Amor
 
En realidad a quien no le conviene desistir de la acciona es al actor, al demandado como vos decis le da lo mismo. Pero no resulta mas conveniente isntrumentar el acuerdo en el mismo expediente para ahorrar tiempo de notificaciones etc?. Inclusive , te digo, a lo mejor si hablas con algun secretario o prosecretario te dice como es el criterio del Juzgado oTribunal al respecto, para agilizar el tema sin desistir.