Hola a todos tengo una gran duda.
Cuando los trabajadores accidentados cumplen el año de la primera manifestación invalidante, pero aún continúan con su tratamiento medico, las A.R.T los citan para determinarles el porcentaje de incapacidad provisorio que ostentan; en base a ese porcentaje (tenia yo entendido) le pagaban el sueldo el siguiente año.
Ahora me paso que dos cleintes que ya han pasado el año, les han determinado la inc provisoria, siguen cobrando el sueldo completo.
Alguien me puede orientar sobre este tema
Muchas gracias
Cuando los trabajadores accidentados cumplen el año de la primera manifestación invalidante, pero aún continúan con su tratamiento medico, las A.R.T los citan para determinarles el porcentaje de incapacidad provisorio que ostentan; en base a ese porcentaje (tenia yo entendido) le pagaban el sueldo el siguiente año.
Ahora me paso que dos cleintes que ya han pasado el año, les han determinado la inc provisoria, siguen cobrando el sueldo completo.
Alguien me puede orientar sobre este tema
Muchas gracias
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