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 #1001909  por Bracoo
 
Es muy sencillo, pero obviamente requiere de la firma de quien desiste.

Lo puede hacer él mismo por derecho propio, o patrocinado por vos aunque seas su defensora, viene a desistir del recurso interpuesto con fecha tal contra tal resolución.

VOS NO PODES DESISTIR DEL RECURSO, sea que lo hayas interpuesto vos, o él in pauperis

Saludos