COLEGAS: TENGO PARA REALIZAR UN DESALOJO EN PROVINCIA, EL VALOR FISCAL DEL TERRENO ES DE $70.000.-. CUANTO PUEDO COBRAR POR MIS HONORARIOS?
Hola Paola:
En la ley de arenceles se fija como bases para los honorarios, la suma de dos años de los alquileres, o por el plazo fijado legal o contractualmente cuando fuera superior, no habla sobre el valor de la propiedad es el art. 40 del Decreto Ley 8904/77
Suerte
mónica